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2014/342/UE: Decisión de la Comisión, de 16 de octubre de 2013 , relativa a la ayuda estatal n ° SA.18211 (C 25/2005) (ex NN 21/2005) concedida por la República Eslovaca a Frucona Košice, a.s. [notificada con el número C(2013) 6261] Texto pertinente a efectos del EEE

CELEX
32014D0342
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
2013-10-16
In force since
2014-06-14
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

Queda derogada la Decisión de la Comisión 2007/254/CE.

Article 2

La ayuda estatal que la República Eslovaca concedió a Frucona Košice, a.s., por un total de 416515990 SKK, es incompatible con el mercado interior.

Article 3

1 La República Eslovaca tomará todas las medidas necesarias para recuperar del beneficiario la ayuda puesta a disposición de este ilegalmente, mencionada en el artículo 2, teniendo en cuenta que 424490 SKK correspondientes a cantidades impagadas en concepto de impuesto de circulación se ingresaron en la cuenta de la delegación de la Agencia Tributaria el 2 de agosto de 2006.

2 La recuperación se efectuará sin dilación y con arreglo a los procedimientos del Derecho nacional, siempre que estos permitan la ejecución inmediata y efectiva de la Decisión.

3 La cantidad recuperada incluirá intereses de todo el período comprendido desde la fecha en que estuvo a disposición de Frucona Košice a.s. hasta la de su recuperación efectiva.

4 El interés se calculará de conformidad con el capítulo V del Reglamento (CE) no 794/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE . Se aplicará un tipo de interés compuesto durante todo el período contemplado en el apartado 3.

Article 4

La República Eslovaca informará a la Comisión, en un plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la presente Decisión, de las medidas adoptadas en cumplimiento de la misma. Para ello utilizará el formulario que se adjunta como anexo a la presente Decisión.

Article 5

El destinatario de la presente Decisión será la República Eslovaca.

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