2014/351/UE: Decisión del Consejo, de 13 de mayo de 2014 , relativa a la celebración del Protocolo acordado entre la Unión Europea y la República de Madagascar por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera establecidas en el Acuerdo de Colaboración en el sector pesquero en vigor entre ambas Partes
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Article 1
Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Protocolo acordado entre la Unión Europea y la República de Madagascar por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de Colaboración en el sector pesquero en vigor entre ambas Partes (en lo sucesivo, «el Protocolo»).
Article 2
El Presidente del Consejo designará a las personas facultadas para proceder, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el artículo 16 del Protocolo .
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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