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Seqlense EUR-Lex

Decisión (UE) 2015/218 de la Comisión, de 7 de mayo de 2014 , sobre las ayudas estatales SA.29786 (ex N 633/09), SA.33296 (11/N), SA.31891 (ex N 553/10), N 241/09, N 160/10 y SA.30995 (ex C 25/10) concedidas por Irlanda para la reestructuración de Allied Irish Banks plc y EBS Building Society [notificada con el número C(2014) 2638] Texto pertinente a efectos del EEE

CELEX
32015D0218
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2014-05-07
In force since
2015-02-18
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 Las siguientes medidas constituyen ayuda estatal con arreglo al artículo 107, apartado 1, del Tratado: Medidas en favor de AIB a) Garantías al amparo del programa CIFS de hasta 133000 millones EUR. b) Garantías al amparo del programa ELG de hasta 62500 millones EUR. c) Una medida de rescate de activos (transferencias a la NAMA de 20400 millones EUR), que constituye una ayuda de un importe estimado de 1600 millones EUR. d) Una recapitalización en forma de acciones preferentes en mayo de 2009 por un importe de 3500 millones EUR. e) Una recapitalización en forma de emisión de acciones en diciembre de 2010 por un importe de 3700 millones EUR. f) Una garantía estatal sobre la Provisión Urgente de Liquidez hasta el segundo trimestre de 2011 por un importe de [5000-15000] millones EUR. Medidas en favor de EBS g) Garantías al amparo del programa CIFS de hasta 14400 millones EUR. h) Garantías al amparo del programa ELG de hasta 8000 millones EUR. i) Una medida de rescate de activos (transferencias a la NAMA de 900 millones EUR), que constituye una ayuda de un importe estimado de 100 millones EUR. j) Una recapitalización en forma de Participaciones Especiales en la Inversión en mayo y diciembre de 2010 por un importe de 625 millones EUR. k) Una recapitalización mediante subvención directa en forma de pagaré en diciembre de 2010 por un importe de 250 millones EUR. l) Una garantía estatal sobre la Provisión Urgente de Liquidez por un importe de [0-5000] millones EUR. Medidas en favor del Banco (entidad resultante de la fusión) m) Una recapitalización en forma de acciones ordinarias en julio de 2011 por un importe de 5000 millones EUR. n) Una recapitalización en forma de instrumentos de capital contingente convertibles en julio de 2011 por un importe de 1600 millones EUR. o) Una recapitalización en forma de contribución de capital en julio de 2011 por un importe de 6100 millones EUR.

2 Las ayudas estatales citadas en el apartado 1 son compatibles con el mercado interior de conformidad con el artículo 107, apartado 3, del Tratado, a la luz del plan de reestructuración y de los compromisos que figuran en el anexo.

Article 2

Irlanda velará por que el plan de reestructuración presentado el 28 de septiembre de 2012, incluidas las ulteriores modificaciones del mismo, se ejecute en su totalidad, incluidos los compromisos que figuran en el anexo.

Article 3

El destinatario de la presente Decisión es Irlanda.

Relations

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