Decisión (UE) 2015/2288 del Consejo, de 30 de noviembre de 2015, sobre las contribuciones financieras que deberán ingresar los Estados miembros para financiar el Fondo Europeo de Desarrollo, incluidos el límite máximo de 2017, el importe de 2016, el primer tramo de 2016 y una previsión indicativa y no vinculante de los importes anuales de la contribución previstos para los años 2018 y 2019
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Article 1
El límite máximo del importe anual de las contribuciones de los Estados miembros al FED para 2017 se fija en 3850000000 EUR para la Comisión y en 150000000 EUR para el BEI.
Article 2
El importe anual de las contribuciones de los Estados miembros al FED para 2016 se fija en 3600000000 EUR. Se dividirá en 3450000000 EUR para la Comisión y 150000000 EUR para el BEI.
Article 3
Las contribuciones individuales al FED que los Estados miembros deberán abonar a la Comisión y al BEI como primer tramo de 2016 quedan recogidas en el anexo de la presente Decisión. Los pagos de dichas contribuciones podrán combinarse con ajustes a efectos de la aplicación de la deducción de los fondos comprometidos en virtud de la Decisión 2013/759/UE, tras el plan de ajuste que comunique a la Comisión cada Estado miembro al adoptar el tercer tramo para 2015.
Article 4
La previsión indicativa de los importes anuales de la contribución previstos para 2018 se fija en 4150000000 EUR para la Comisión y en 250000000 EUR para el BEI, y para 2019 en 4150000000 EUR para la Comisión y en 300000000 EUR para el BEI.
Article 5
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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