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Decisión de la Junta Europea de Riesgo Sistémico, de 21 de julio de 2015, sobre la presentación y recopilación de información para la supervisión macroprudencial del sistema financiero de la Unión y por la que se deroga la Decisión JERS/2011/6 (JERS/2015/2)

CELEX
32015Y1127(01)
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2015-07-21
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Ámbito de aplicación

La presente Decisión establece la información agregada que la JERS precisa para desempeñar sus funciones, así como las normas detalladas de presentación y recopilación de dicha información.

Article 2 Presentación ordinaria de información agregada

1 La presentación ordinaria de la información agregada que la JERS precisa para desempeñar sus funciones tendrá lugar conforme a lo dispuesto en los anexos I y II.

2 El BCE presentará la información agregada establecida en el anexo I.

3 Las AES pertinentes presentarán la información agregada establecida en el anexo II.

4 La Secretaría de la JERS: a) establecerá en caso necesario las especificaciones técnicas de la información a que se refiere el apartado 1 previa consulta con el BCE o las AES según proceda, y b) recopilará la información a que se refiere el apartado 1 y cooperará a estos efectos con el BCE y las AES.

Article 3 Presentación extraordinaria de información agregada

En el anexo III se establece el procedimiento que deberá seguir la Secretaría de la JERS para solicitar la presentación extraordinaria de información agregada.

Article 4 Disposiciones finales y transitorias

1 Queda derogada la Decisión JERS/2011/6 desde la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión.

2 El anexo II de la presente Decisión será de aplicación desde la última de las siguientes fechas: la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión, la fecha en la que se produzcan por primera vez los indicadores a los que se refiere el anexo II, o la fecha en la que se establezcan las especificaciones técnicas pertinentes para la presentación de información a las que se refiere dicho anexo.

Article 5 Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el 21 de julio de 2015.

Relations

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