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Decisión Delegada (UE) 2016/309 de la Comisión, de 26 de noviembre de 2015, relativa a la equivalencia del régimen de supervisión de las empresas de seguros y reaseguros en vigor en las Bermudas con el régimen establecido en la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por la que se modifica la Decisión Delegada (UE) 2015/2290 de la Comisión

CELEX
32016D0309
Document type
DEC_DEL
Sector
Legislation
Date of document
2015-11-26
In force since
2016-01-01
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

El régimen de solvencia en vigor en las Bermudas que se aplica a las actividades de reaseguro de empresas con domicilio social en las Bermudas se considerará equivalente al régimen establecido en el título I de la Directiva 2009/138/CE, con la excepción de las normas relativas a las empresas de seguros cautivas y a aquellas con fines especiales.

Article 2

El régimen de supervisión en vigor en las Bermudas que se aplica a las actividades de seguro de las empresas con domicilio social en las Bermudas se considerará equivalente al régimen establecido en el título I, capítulo VI, de la Directiva 2009/138/CE, con la excepción de las normas relativas a las empresas de seguros cautivas y a aquellas con fines especiales.

Article 3

El régimen prudencial en vigor en las Bermudas que se aplica a la supervisión de las empresas de seguros o reaseguros que forman parte de un grupo se considerará equivalente al régimen establecido en el título III de la Directiva 2009/138/CE, con la excepción de las normas relativas a las empresas de seguros cautivas y a aquellas con fines especiales.

Article 1

Los regímenes de solvencia en vigor en Australia, Brasil, Canadá, México y los Estados Unidos y aplicables a las empresas de seguros y reaseguros con domicilio social en estos países se considerarán equivalentes provisionalmente al régimen establecido en el título I, capítulo VI, de la Directiva 2009/138/CE.».

Article 5

La presente Decisión entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2016.

Relations

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