Decisión Delegada (UE) 2016/310 de la Comisión, de 26 de noviembre de 2015, relativa a la equivalencia del régimen de solvencia de las empresas de seguros y reaseguros en vigor en Japón con el régimen establecido en la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo
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Article 1
El régimen de solvencia en vigor en Japón que se aplica a las actividades de reaseguro de empresas con domicilio social en Japón que estén reguladas por la Ley de actividades de seguros se considerará temporalmente equivalente al régimen establecido en el título I de la Directiva 2009/138/CE. La equivalencia temporal a que se refiere el primer párrafo finalizará el 31 de diciembre de 2020.
Article 2
El régimen de solvencia en vigor en Japón que se aplica a las actividades de seguros de empresas con domicilio social en Japón que estén reguladas por la Ley de actividades de seguros se considerará provisionalmente equivalente al régimen establecido en el título I, capítulo VI, de la Directiva 2009/138/CE. La equivalencia provisional a que se refiere el primer apartado se concederá por un período de 10 años a partir del 1 de enero de 2016.
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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