Decisión (UE) 2016/1099 del Consejo, de 5 de julio de 2016, relativa a las contribuciones financieras que deberán pagar los Estados miembros para financiar el Fondo Europeo de Desarrollo, incluido el segundo tramo de 2016
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Article 1
Las contribuciones individuales al Fondo Europeo de Desarrollo que los Estados miembros deberán abonar a la Comisión Europea y al Banco Europeo de Inversiones como segundo tramo para 2016 se recogen en el cuadro que figura en el anexo de la presente Decisión. Los pagos de tales contribuciones podrán combinarse con ajustes a efectos de la aplicación de la deducción de los fondos comprometidos en el marco del crédito-puente, sobre la base de un plan de ajuste comunicado a la Comisión por cada Estado miembro coincidiendo con la adopción del tercer tramo para 2015.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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