Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2304 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2016, relativo a las modalidades, la estructura, la periodicidad y los indicadores de evaluación de los informes de calidad sobre los datos transmitidos con arreglo al Reglamento (UE) n.° 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE )
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Article 1
El informe de calidad sobre las cuentas nacionales y regionales a que se refiere el artículo 4, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 549/2013 cubrirá los datos enviados por los Estados miembros de conformidad con el programa de transmisión del SEC 2010 establecido en el anexo B del Reglamento (UE) n.o 549/2013 el año anterior al informe. Los Estados miembros presentarán el informe de calidad anualmente.
Article 2
Las modalidades, la estructura y los indicadores de evaluación de los informes de calidad sobre las cuentas nacionales y regionales a que se refiere el artículo 1 serán los establecidos en el anexo.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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