Decisión de Ejecución (UE) 2017/810 de la Comisión, de 10 de mayo de 2017, relativa a una excepción por parte de Francia al reconocimiento mutuo de la autorización de un biocida que contiene ácido bórico, con arreglo al artículo 37 del Reglamento (UE) n.° 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2017) 2935]
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Article 1
1 La excepción al reconocimiento mutuo propuesta por Francia para el producto contemplado en el apartado 2 está justificada por motivos relativos a la protección de la salud y la vida de las personas, en particular de los grupos vulnerables, a tenor del artículo 37, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) n.o 528/2012.
2 El apartado 1 se aplica al producto identificado mediante el siguiente número de referencia, facilitado por el Registro de Biocidas: BC-QC011565-51.
Article 2
El destinatario de la presente Decisión será la República Francesa.
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