Skip to content
Seqlense EUR-Lex

Reglamento de Ejecución (UE) 2017/78 de la Comisión, de 15 de julio de 2016, por el que se establecen disposiciones administrativas para la homologación de tipo CE de los vehículos de motor en lo que respecta a sus sistemas eCall basados en el número 112 integrados en los vehículos, y condiciones uniformes de aplicación del Reglamento (UE) 2015/758 del Parlamento Europeo y del Consejo en cuanto a la protección de la intimidad y de los datos de los usuarios de dichos sistemas (Texto pertinente a efectos del EEE. )

CELEX
32017R0078
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2016-07-15
In force since
2017-02-06
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Objeto

El presente Reglamento establece disposiciones administrativas para la homologación de nuevos tipos de vehículos por lo que se refiere a los sistemas eCall basados en el número 112 integrados en los vehículos, así como de las unidades técnicas independientes y los componentes de los sistemas eCall basados en el número 112 integrados en los vehículos diseñados y construidos para dichos vehículos. También establece condiciones uniformes de aplicación de las disposiciones del Reglamento (UE) 2015/758 en lo que respecta a la protección de la intimidad y de los datos de los usuarios de los sistemas eCall basados en el número 112 integrados en los vehículos.

Article 2 Homologación de tipo CE de los vehículos en lo que se refiere a sus sistemas eCall basados en el número 112 integrados en los vehículos

1 El fabricante presentará a la autoridad de homologación, tal como se define en el artículo 3, punto 29, de la Directiva 2007/46/CE, una solicitud de homologación de tipo CE de un vehículo con respecto a su sistema eCall basado en el número 112 integrado en el vehículo.

2 La solicitud a la que se refiere el apartado 1 se elaborará con arreglo a la plantilla que figura en la parte 1 del anexo I.

3 En los casos en los que se cumplan los requisitos técnicos a los que se refiere el artículo 5 del Reglamento Delegado (UE) 2017/79, la autoridad de homologación concederá una homologación de tipo CE y expedirá un certificado de homologación de tipo CE numerado de conformidad con el sistema que figura en el anexo VII de la Directiva 2007/46/CE. Los Estados miembros no podrán asignar el mismo número a otro tipo de vehículo.

4 El certificado de homologación de tipo CE se elaborará con arreglo a la plantilla que figura en la parte 2 del anexo I.

5 El fabricante incluirá en el manual de instrucciones información sobre el tratamiento de los datos realizado a través del sistema eCall basado en el número 112 integrado en los vehículos siguiendo la plantilla que figura en la parte 3 del anexo I del presente Reglamento.

Article 3 Homologación de tipo CE de unidades técnicas independientes o componentes de los sistemas eCall basados en el número 112 integrados en los vehículos

1 El fabricante presentará a la autoridad de homologación, tal como se define en el artículo 3, punto 29, de la Directiva 2007/46/CE, la solicitud de homologación de tipo CE de un tipo de unidad técnica independiente o componente de los sistemas eCall basados en el número 112 integrados en los vehículos.

2 La solicitud a la que se refiere el apartado 1 se elaborará con arreglo a la plantilla que figura en la parte 1 del anexo II del presente Reglamento.

3 En los casos en los que se cumplan los requisitos técnicos a los que se refieren, respectivamente, el artículo 6 del Reglamento Delegado (UE) 2017/79 en lo que se refiere a los componentes, y su artículo 7 en lo que atañe a las unidades técnicas independientes, la autoridad de homologación concederá una homologación de tipo CE y expedirá un certificado de homologación de tipo CE y un número de homologación de tipo, que seguirá el sistema de numeración que figura en el anexo VII de la Directiva 2007/46/CE. Los Estados miembros no podrán asignar el mismo número a otro tipo de unidad técnica independiente o componente.

4 El certificado de homologación de tipo CE se elaborará con arreglo a la plantilla que figura en la parte 2 del anexo II.

Article 4 Marca de homologación de tipo CE

Cada componente o unidad técnica independiente que se ajuste a un tipo al cual se ha concedido una homologación de tipo CE para componentes o unidades técnicas independientes de conformidad con el presente Reglamento llevará una marca de homologación de tipo CE conforme con el modelo que figura en la parte 3 del anexo II.

Article 5 Protección de la intimidad y de los datos

1 El fabricante tomará las medidas necesarias para garantizar que el sistema eCall basado en el número 112 integrado en los vehículos o la unidad técnica independiente eCall basada en el número 112 integrada en los vehículos no puedan ser localizados ni ser objeto de seguimiento permanente en su estado normal de funcionamiento. El fabricante garantizará asimismo que los datos de la memoria interna de dicho sistema o unidad técnica independiente se supriman de forma automática y continuada, y que ninguna entidad exterior al sistema o a la unidad técnica independiente integrados en el vehículo tenga acceso a dichos datos antes de que se active la eCall.

2 El fabricante informará al propietario del vehículo de las medidas tomadas de conformidad con el artículo 6, apartado 9, del Reglamento (UE) 2015/758 utilizando la plantilla que figura en la parte 3 del anexo I del presente Reglamento.

3 El fabricante tomará medidas de salvaguardia apropiadas (como el uso de tecnologías de cifrado) para proteger la seguridad de los datos personales en la memoria interna del sistema eCall basado en el número 112 integrado en los vehículos o la unidad técnica independiente eCall basada en el número 112 integrada en los vehículos, y para evitar la vigilancia y el uso indebido. Dichas medidas deben ser oportunas, estrictamente proporcionadas y necesarias para los fines previstos.

Article 6 Entrada en vigor y aplicación

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 31 de marzo de 2018.

Relations

What this act cites, and what cites it.

Show relations

Versions

Point-in-time consolidated versions of this act.

Show versions