Decisión de Ejecución (UE) 2018/210 de la Comisión, de 12 de febrero de 2018, relativa a la aprobación del programa de trabajo plurianual LIFE para 2018-2020 (Texto pertinente a efectos del EEE. )
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Article 1 Programa de trabajo plurianual
Queda aprobado el programa de trabajo plurianual LIFE para el período 2018-2020, tal y como figura en el anexo.
Article 2 Contribución de la Unión al programa de trabajo plurianual
La contribución máxima al programa de trabajo plurianual LIFE para 2018-2020 está fijada en 1657063000 EUR y se utilizará para financiar los subprogramas y las áreas prioritarias pertinentes del siguiente modo: 1) un total de 1243817750 EUR para el subprograma de Medio Ambiente, que se dividirá como sigue: a) 444808200 EUR para el área prioritaria de Medio Ambiente y Eficiencia en el Uso de los Recursos; b) 632556250 EUR para el área prioritaria de Naturaleza y Biodiversidad; c) 143377300 EUR para el área prioritaria de Gobernanza e Información Medioambientales; d) 3000000 EUR para el Cuerpo Europeo de Solidaridad — Contribución del subprograma LIFE de Medio Ambiente; e) 20076000 EUR para gastos de apoyo conexos (incluido el importe de 2332160 EUR de la contribución del subprograma de Acción por el Clima al presupuesto de la Agencia Ejecutiva); 2) un total de 413245250 EUR para el subprograma de Acción por el Clima, que se dividirá como sigue: a) 230500000 EUR para el área prioritaria de Mitigación del Cambio Climático; b) 123850000 EUR para el área prioritaria de Adaptación al Cambio Climático; c) 47549250 EUR para el área prioritaria de Gobernanza e Información Climáticas; d) 1500000 EUR para el Cuerpo Europeo de Solidaridad — Contribución del subprograma LIFE de Acción por el Clima; e) 9846000 EUR para gastos de apoyo conexos.
Article 3 Instrumentos financieros
1 El siguiente instrumento financiero, tal y como se describe en el anexo, recibirá contribuciones de conformidad con el artículo 17, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1293/2013: el Instrumento de financiación privada para la eficiencia energética.
2 La aplicación de la contribución al Instrumento de financiación privada para la eficiencia energética y el Mecanismo de financiación del capital natural se delegarán en el Banco Europeo de Inversiones.
Article 4
La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2018. La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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