Decisión (UE) 2018/961 del Consejo, de 26 de junio de 2018, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE, en relación con la modificación del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades (líneas presupuestarias 02 03 01, «Mercado interior», y 02 03 04, «Herramientas de gobernanza del mercado interior») (Texto pertinente a efectos del EEE.)
Text
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Article 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en el Comité Mixto del EEE en relación con la propuesta de modificación del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades, se basará en el proyecto de decisión del Comité Mixto del EEE adjunto a la presente Decisión.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Article 1
El artículo 7 del Protocolo 31 del Acuerdo EEE se modifica como sigue: 1) En el apartado 12, las palabras «y 2017» se sustituyen por «, 2017 y 2018». 2) En el apartado 14, los términos «el ejercicio 2017» se sustituyen por «los ejercicios 2017 y 2018».
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE . Será de aplicación a partir del 1 de enero de 2018.
Article 3
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
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