Decisión de Ejecución (UE) 2018/1297 de la Comisión, de 25 de septiembre de 2018, relativa a una excepción por parte de Francia al reconocimiento mutuo de la autorización de los biocidas que contienen creosota, con arreglo al artículo 37 del Reglamento (UE) n.° 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2018) 5412]
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Article 1
1 La excepción al reconocimiento mutuo propuesta por Francia para las familias de biocidas contempladas en el apartado 2 está justificada por los motivos de protección del medio ambiente y de la salud y la vida de las personas mencionados en las letras a) y c) del artículo 37, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 528/2012, leído en relación con su artículo 37, apartado 1, párrafo segundo.
2 El apartado 1 se aplica a las familias de biocidas identificadas con los siguientes números de caso establecidos en el Registro de Biocidas: BC-WK024516-27; BC-DQ024492-36; BC-EU013041-45.
Article 2
La destinataria de la presente Decisión es la República Francesa.
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