Decisión de Ejecución (UE) 2018/1918 del Consejo, de 4 de diciembre de 2018, por la que se autoriza al Reino Unido a aplicar una medida especial de excepción a lo dispuesto en los artículos 16 y 168 de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
Como excepción a lo dispuesto en los artículos 16 y 168 de la Directiva 2006/112/CE, el Reino Unido queda autorizado desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020 a fijar a tanto alzado la cuota del IVA correspondiente al gasto en el carburante utilizado para uso privado en vehículos de empresa.
Article 2
La cuota del impuesto a que se refiere el artículo 1 se expresará en cantidades a tanto alzado establecidas según el nivel de emisiones de CO2 del tipo de vehículo de que se trate, que reflejan el consumo de carburante. El Reino Unido adaptará anualmente esas cantidades a tanto alzado para reflejar la evolución del coste medio del carburante.
Article 3
La aplicación del sistema establecido en virtud de la presente Decisión tendrá carácter facultativo para los sujetos pasivos.
Article 4
El destinatario de la presente Decisión es el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions