Decisión (UE) 2019/105 del Consejo, de 20 de diciembre de 2018, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Consejo de Asociación establecido por el Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Estado de Israel, por otra, relativa a la prórroga del Plan de Acción UE-Israel
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Article 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el seno del Consejo de Asociación establecido por el Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Estado de Israel, por otra, se basará en el proyecto de recomendación del Consejo de Asociación adjunto a la presente Decisión.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Article 1
El Consejo de Asociación, mediante procedimiento escrito, recomienda que el Plan de Acción UE-Israel se prorrogue por un período de tres años a partir de la fecha de adopcíon de la prórroga
Article 2
La presente Recomendación surtirá efecto el día de su adopción.
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