Decisión (UE) 2020/1494 del Consejo de 12 de octubre de 2020 relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Administrativo creado por el Convenio aduanero relativo al transporte internacional de mercancías amparadas por los cuadernos TIR (Convenio TIR) en lo que respecta a determinadas modificaciones del Convenio
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Article 1
La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en la septuagésima tercera sesión o en una sesión posterior del Comité Administrativo creado por el Convenio aduanero relativo al transporte internacional de mercancías amparadas por los cuadernos TIR (Convenio TIR), de 14 de noviembre de 1975, (en lo sucesivo, «Convenio TIR») se basará en la propuesta de enmiendas al Convenio TIR .
Article 2
1 La Comisión expresará la posición a que se refiere el artículo 1.
2 Los Estados miembros de la Unión expresarán la posición de la Unión cuando se lleve a cabo una votación formal en el Comité Administrativo, actuando conjuntamente en interés de la Unión.
Article 3
Los representantes de la Unión podrán acordar cambios técnicos menores en la posición a que se refiere el artículo 1 sin necesidad de otra Decisión del Consejo.
Article 4
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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