Decisión (UE) 2020/1599 del Consejo de 23 de octubre de 2020 sobre la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Grupo de trabajo consultivo mixto creado por el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica en lo que respecta a la adopción de su Reglamento interno
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Article 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en el grupo de trabajo creado en virtud del artículo 15, apartado 1, del Protocolo en lo que respecta a la adopción del reglamento interno del grupo de trabajo en virtud del artículo 15, apartado 6, se basará en el proyecto de decisión del grupo de trabajo adjunto a la presente Decisión.
Article 2
La Decisión del grupo de trabajo se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Article 1
Los trabajos del Grupo de trabajo consultivo mixto creado en virtud del artículo 15, apartado 1, del Protocolo sobre Irlanda/Irlanda del Norte del Acuerdo del Acuerdo de Retirada se regirán por el Reglamento interno establecido en el anexo de la presente Decisión.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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