Decisión (UE) 2020/2000 del Consejo de 27 de noviembre de 2020 relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo de Colaboración de Pesca Sostenible entre la Unión Europea y la República de Seychelles y su Protocolo de aplicación (2020-2026)
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Article 1
Quedan aprobados, en nombre de la Unión, el Acuerdo de Colaboración de Pesca Sostenible entre la Unión Europea y la República de Seychelles (en lo sucesivo, «Acuerdo de Colaboración») y el Protocolo sobre la aplicación del Acuerdo de Colaboración de Pesca Sostenible entre la Unión Europea y la República de Seychelles (2020-2026) (en lo sucesivo, «Protocolo») .
Article 2
El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el artículo 19 del Acuerdo y a la notificación prevista en el artículo 17 del Protocolo.
Article 3
De conformidad con el procedimiento y las condiciones establecidos en el anexo de la presente Decisión, la Comisión estará facultada para aprobar, en nombre de la Unión, las modificaciones del Protocolo que se adopten por la comisión mixta creada en virtud del artículo 12 del Acuerdo de Colaboración.
Article 4
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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