Decisión (UE) 2020/2061 del Consejo de 7 de diciembre de 2020 relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité de Comercio creado en virtud del Acuerdo de Asociación Interino entre la Comunidad Europea, por una parte, y los Estados del Pacífico, por otra, en lo que respecta al establecimiento del Reglamento interno del Comité de Comercio y el Reglamento interno de los comités especiales
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Article 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en la octava reunión del Comité de Comercio establecido mediante el Acuerdo de Asociación Interino entre la Comunidad Europea, por una parte, y los Estados del Pacífico, por otra, en lo que respecta al establecimiento de los Reglamentos internos del Comité de Comercio UE-Pacífico y de los comités especiales se basará en el proyecto de Decisión del Comité de Comercio UE-Pacífico .
Article 2
Una vez adoptada, la Decisión del Comité de Comercio UE-Pacífico se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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