Reglamento de Ejecución (UE) 2020/151 de la Comisión de 4 de febrero de 2020 relativo a la autorización de Pediococcus acidilactici CNCM I-4622 como aditivo en piensos para todos los porcinos de engorde y para reproducción que no sean cerdas, todas las especies de aves, todas las especies de peces y todos los crustáceos y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 911/2009, (UE) n.o 1120/2010 y (UE) n.o 212/2011, y los Reglamentos de Ejecución (UE) n.o 95/2013, (UE) n.o 413/2013 y (UE) 2017/2299 (titular de la autorización: Danstar Ferment AG, representado en la Unión por Lallemand SAS) (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
Se renueva la autorización del aditivo especificado en el anexo, perteneciente a la categoría «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional «estabilizadores de la flora intestinal», para todos los porcinos de engorde y para reproducción que no sean cerdas y todas las aves, y al grupo funcional «otros aditivos zootécnicos», para todos los peces y crustáceos, en las condiciones establecidas en dicho anexo.
Article 2
Se derogan los Reglamentos (CE) n.o 911/2009, (UE) n.o 1120/2010 y (UE) n.o 212/2011, así como los Reglamentos de Ejecución (UE) n.o 95/2013, (UE) n.o 413/2013 y (UE) 2017/2299.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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