Reglamento Delegado (UE) 2020/2034 de la Comisión de 6 de octubre de 2020 por el que se complementa el Reglamento (UE) n.o 376/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al sistema europeo común de clasificación de riesgos (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1 Objeto
El presente Reglamento establece el sistema europeo común de clasificación de riesgos (ERCS) para determinar el riesgo para la seguridad de un suceso.
Article 2 Definiciones
A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: 1) «sistema europeo de clasificación de riesgos» o «ERCS»: la metodología aplicada para la evaluación del riesgo que plantea un suceso a la aviación civil en forma de puntuación del riesgo para la seguridad; 2) «matriz ERCS»: una tabla compuesta por las variables descritas en el artículo 3, apartado 3, que sirve para representar ilustrativamente la puntuación del riesgo para la seguridad; 3) «puntuación del riesgo para la seguridad»: el resultado de la clasificación de los riesgos de un suceso combinando los valores de las variables contempladas en el artículo 3, apartado 3; 4) «zona de alto riesgo»: una zona en la que el impacto de una aeronave causaría numerosas lesiones o implicaría un alto número de víctimas mortales, debido a la naturaleza de las actividades que en ella se desarrollan, como las centrales nucleares o químicas; 5) «zona poblada»: una zona, como una ciudad, urbanización, pueblo o aldea, con edificios agrupados o dispersos y población humana permanente; 6) «lesión con consecuencias vitales»: una lesión que reduce la calidad de vida de una persona al reducir su movilidad o su capacidad cognitiva o física en la vida cotidiana.
Article 3 Sistema europeo común de clasificación de riesgos
1 El ERCS se establece en el anexo.
2 El ERCS abordará el riesgo de un suceso para la seguridad y no sus consecuencias reales. La evaluación de cada suceso determinará la peor consecuencia probable del accidente que podría haber implicado el suceso y lo cerca que el suceso haya estado de esa consecuencia accidental.
3 El ERCS se basará en la matriz ERCS, compuesta por las dos variables siguientes: a) gravedad: determinación de la peor consecuencia probable del accidente que se habría producido si el suceso evaluado hubiera escalado hasta convertirse en un accidente; b) probabilidad: determinación de la probabilidad de que el suceso evaluado escale hasta convertirse en la peor consecuencia probable del accidente contemplada en la letra a).
Article 4 Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2021.
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