Decisión de la Junta Europea de Riesgo Sistémico de 2 de junio de 2020 sobre la suspensión de la presentación de ciertos informes relativos a las medidas adoptadas conforme a la Recomendación JERS/2014/1 y la Recomendación JERS/2015/2 de la Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS/2020/10) 2020/C 205/07
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Article 1 Suspensión de la presentación de ciertos informes sobre las medidas adoptadas
1 Se exime a los destinatarios de la Recomendación JERS/2014/1 de presentar el 30 de junio de 2020 a más tardar su segundo informe sobre las medidas adoptadas en respuesta a dicha recomendación o la justificación adecuada de su inacción. Lo dispuesto en el párrafo primero no afectará a la solicitud de presentación de los informes subsiguientes conforme a la Recomendación JERS/2014/1.
2 Se exime a los destinatarios de la Recomendación JERS/2015/2 de presentar el 30 de junio de 2020 a más tardar su segundo informe sobre las medidas adoptadas en respuesta a dicha recomendación o la justificación adecuada de su inacción. Lo dispuesto en el párrafo primero no afectará a la solicitud de presentación de los informes subsiguientes conforme a la Recomendación JERS/2015/2.
Article 2 Entrada en vigor
La presente decisión entrará en vigor el 3 de junio de 2020.
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