Decisión (UE) 2021/838 del Consejo de 10 de mayo de 2021 sobre la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en el Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible creado por el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra, en lo que respecta a la elaboración de la lista de expertos que pueden ser seleccionados como miembros del Grupo de Expertos con arreglo al artículo 301 del Acuerdo
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Article 1
La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible UE-Ucrania creado por el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra, en lo que respecta a la elaboración de la lista de expertos que pueden ser seleccionados como miembros del Grupo de Expertos con arreglo al artículo 301 del Acuerdo, se basará en el proyecto de Decisión del Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible UE-Ucrania .
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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