Decisión de la Comisión de 20 de diciembre de 2021 sobre la gestión financiera del mecanismo de seguro mutuo establecido en virtud del Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo para las acciones del Séptimo Programa Marco, Horizonte 2020, Horizonte Europa y los programas de Euratom 2021/C 514 I/03
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Article 1
1 La Comisión confía la gestión financiera y administrativa del MSM a la Dirección General de Investigación e Innovación («DG RTD» o «servicio designado») para las acciones del Séptimo Programa Marco, Horizonte 2020, Horizonte Europa y los programas de Euratom.
2 La Comisión confía las tareas de gestor de activos financieros del MSM a la Dirección General de Presupuestos.
3 La división de tareas y funciones entre el servicio designado y el gestor de activos financieros en relación con el MSM se establecerá en un acuerdo de nivel de servicio de conformidad con las funciones y responsabilidades establecidas en la presente Decisión.
Article 2
En el anexo se establecen las normas y procedimientos del MSM.
Article 3
1 La Comisión delega en los ordenadores competentes, tal como se indica en las normas y procedimientos del MSM que figuran en el anexo, competencias para autorizar las intervenciones del MSM y la devolución de contribuciones a los beneficiarios.
2 La Comisión autoriza a los mismos ordenadores a ejecutar los ingresos procedentes del MSM en el marco del Séptimo Programa Marco, Horizonte 2020, Horizonte Europa y los programas de Euratom.
3 Los ordenadores competentes por delegación podrán subdelegar las competencias pertinentes en los ordenadores competentes subdelegados de conformidad con la Decisión C(2018) 5120 de la Comisión, de 3 de agosto de 2018, sobre las normas internas de ejecución del presupuesto general de la Unión Europea.
4 La Comisión delega en el ordenador competente por delegación del servicio designado la facultad de autorizar órdenes de pago para transferir la contribución recaudada por el ordenador competente por delegación al MSM y, a continuación, al gestor de activos. La Comisión también delega en el ordenador competente por delegación del servicio designado la facultad de emitir órdenes de recuperación para transferir fondos del gestor de activos al MSM, con el fin de garantizar la devolución de las contribuciones y las intervenciones. El ordenador competente por delegación del servicio designado podrá subdelegar las competencias pertinentes en los ordenadores competentes subdelegados.
5 En su calidad de gestor financiero y administrativo del MSM, el servicio designado, tras verificar su conformidad y regularidad, validará o rechazará las transacciones autorizadas por los ordenadores competentes por delegación. Antes de validar la transacción, el servicio designado podrá emitir un dictamen no vinculante sobre su conveniencia. En caso de que el dictamen sea negativo, el servicio designado únicamente validará la transacción si el ordenador competente por delegación confirma por escrito la transacción, aportando una motivación adecuada.
Article 4
El contable de la Comisión es nombrado contable del MSM.
Article 5
1 Cuando el servicio designado, de acuerdo con el gestor de activos financieros, considere que los fondos del MSM no son suficientes para devolver las contribuciones del beneficiario en el momento del pago del saldo, se aplicarán temporalmente las medidas a que se refiere el apartado 2.
2 Cualquier rendimiento financiero negativo, incluidos los intereses, las pérdidas netas efectivas y las pérdidas de valoración, las tasas administrativas y los gastos bancarios por la gestión del MSM, tales como, entre otros, las tasas de transacción, los costes informáticos, las comisiones de las cuentas, las comisiones de custodia, los honorarios de auditoría externa, los costes, así como cualquier interés de demora en el rendimiento que se deba a los beneficiarios, podrá cubrirse con ingresos afectados internos o externos con cargo a programas marco de investigación e innovación pasados y en curso, así como con cargo al presupuesto de los programas participantes. Se utilizarán prioritariamente los ingresos afectados internos procedentes de recuperaciones (tanto los del ejercicio en curso como aquellos prorrogados de conformidad con el artículo 12, apartado 4, letra b),del Reglamento Financiero ), así como los ingresos afectados externos disponibles de anteriores programas marco de investigación.
3 Los recursos financieros a que se refiere el apartado 2 no se utilizarán para financiar las intervenciones del MSM, excepto para cubrir las obligaciones contractuales de la autoridad otorgante de los acuerdos de subvención de Horizonte 2020 firmados anteriormente en los que, sobre la base del estado financiero mensual del MSM, el servicio designado, de acuerdo con el contable del MSM, considere insuficientes los rendimientos financieros, o cuando el rendimiento financiero neto disponible sea inferior a 15 millones EUR.
4 Las transferencias al MSM en el marco de las medidas temporales establecidas en el apartado 2 no darán lugar a la creación de una reserva superior a 60 millones EUR en ningún momento.
Article 6
Queda derogada la Decisión C(2013) 9092.
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