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Decisión (UE) 2021/1274 del Banco Central Europeo de 27 de julio de 2021 sobre la subdelegación de facultades para adoptar determinadas decisiones relativas a la acreditación de fabricantes y de determinadas facultades relativas a los procedimientos de acreditación de fabricantes acreditados y por la que se deroga la Decisión (UE) 2016/1975 (BCE/2021/32)

CELEX
32021D1274
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2021-07-27
In force since
2021-07-28
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Subdelegación de facultades para acreditar a los fabricantes y conceder el consentimiento previo por escrito del BCE

1 El Comité Ejecutivo subdelega en el miembro del Comité Ejecutivo a quien rinda cuentas la Dirección de Billetes la facultad de adoptar todas las decisiones relativas a la acreditación de fabricantes conforme al artículo 6, apartados 1, 3 y 7, y al artículo 7 de la Decisión (UE) 2020/637 (BCE/2020/24).

2 El Comité Ejecutivo subdelega en el director de Billetes y en el jefe de la División de Gestión de Monedas de la Dirección de Billetes la facultad para conceder el consentimiento previo por escrito del BCE con arreglo al artículo 10, apartado 1, de la Decisión (UE) 2020/637 (BCE/2020/24) en los casos en que un fabricante acreditado haya cumplido todos los requisitos de acreditación pertinentes con arreglo a los artículos 3 y 4 de dicha Decisión, así como todas las obligaciones pertinentes a tenor del artículo 9 de la misma Decisión.

Article 2 Subdelegación de la facultad para adoptar decisiones relativas a la interrupción inmediata de la actividad relacionada con elementos de seguridad del euro

El Comité Ejecutivo subdelega en dos miembros del personal de la Dirección de Billetes autorizados a realizar inspecciones en virtud del artículo 11 de dicha Decisión la facultad de adoptar decisiones para exigir a un fabricante acreditado que interrumpa de inmediato la actividad relacionada con el elemento de seguridad del euro de que se trate, de acuerdo con el artículo 14, apartado 1, de la Decisión (UE) 2020/637 (BCE/2020/24).

Article 3 Obligación de información

1 El miembro del Comité Ejecutivo a quien rinda cuentas la Dirección de Billetes presentará al Comité Ejecutivo un informe anual sobre las decisiones adoptadas durante el año natural anterior al amparo del artículo 1, apartado 1, salvo que no haya adoptado ninguna.

2 La Dirección de Billetes presentará al Comité Ejecutivo un informe anual sobre las decisiones adoptadas durante el año natural anterior conforme al artículo 1, apartado 2, y al artículo 2, salvo que no haya adoptado ninguna.

Article 4 Derogación

Se deroga por la presente la Decisión (UE) 2016/1975 (BCE/2016/39).

Article 5 Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día de su notificación a los destinatarios.

Article 6 Destinatarios

La presente Decisión se dirige a los fabricantes y fabricantes acreditados de elementos del euro y elementos de seguridad del euro.

Relations

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Versions

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