Decisión de Ejecución (UE) 2021/1772 de la Comisión, de 28 de junio de 2021, con arreglo al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la protección adecuada de los datos personales por parte del Reino Unido [notificada con el número C(2021) 4800] (Texto pertinente a efectos del EEE)
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
1 A los efectos del artículo 45 del Reglamento (UE) 2016/679, el Reino Unido garantiza un nivel adecuado de protección para los datos personales transferidos, dentro del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2016/679, desde la Unión Europea al Reino Unido.
2 La presente Decisión no abarca los datos personales transferidos con fines de control de la inmigración en el Reino Unido o que se comprenden dentro del ámbito de aplicación de la exención de ciertos derechos de los interesados a efectos del mantenimiento de un control efectivo de la inmigración de conformidad con el párrafo cuarto, punto 1, anexo 2, de la DPA de 2018.
Article 2
Cuando las autoridades de supervisión competentes de los Estados miembros, a fin de proteger a las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales, ejerzan sus poderes en virtud del artículo 58 del Reglamento (UE) 2016/679 en relación con las transferencias de datos que pertenecen al ámbito de aplicación establecido en el artículo 1, el Estado miembro en cuestión informará sin demora a la Comisión.
Article 3
1 La Comisión realizará un seguimiento continuo de la aplicación del marco jurídico en el que se basa la presente Decisión, incluidas las condiciones en que se realizan las transferencias ulteriores, se ejercen los derechos individuales y las autoridades públicas del Reino Unido tienen acceso a los datos transferidos sobre la base de la presente Decisión, a fin de evaluar si el Reino Unido sigue garantizando un nivel adecuado de protección a tenor del artículo 1.
2 Los Estados miembros y la Comisión se informarán recíprocamente de los casos en que la ICO, o cualquier otra autoridad competente del Reino Unido, no garantice el cumplimiento del marco jurídico en el que se basa la presente Decisión.
3 Los Estados miembros y la Comisión se informarán recíprocamente de cualquier indicio de que las injerencias de las autoridades públicas del Reino Unido en el derecho de las personas a la protección de sus datos personales van más allá de lo estrictamente necesario, o de que no existe una tutela judicial efectiva frente a tales injerencias.
4 Siempre que la Comisión tenga indicios de que ya no se garantiza un nivel adecuado de protección, informará a las autoridades competentes del Reino Unido y podrá suspender, derogar o modificar la presente Decisión.
5 La Comisión podrá suspender, derogar o modificar la presente Decisión cuando la falta de cooperación del Gobierno del Reino Unido le impida determinar si la constatación formulada en el artículo 1, apartado 1, se ve afectada.
Article 4
La presente Decisión tendrá validez hasta el 27 de junio de 2025, salvo que se prorrogue de conformidad con el procedimiento indicado en el artículo 93, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/679.
Article 5
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions