Decisión (UE) 2021/2293 del Consejo de 20 de diciembre de 2021 relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en el Consejo de Asociación establecido por el Acuerdo de Comercio y Cooperación con el Reino Unido, en lo que respecta a la prórroga de la excepción a la obligación de suprimir los datos del registro de nombres de los pasajeros después de su salida del Reino Unido
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Article 1
La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el Consejo de Asociación en aplicación del artículo 552, apartado 13, del Acuerdo de Comercio y Cooperación consistirá en aceptar una prórroga de un año, hasta el 31 de diciembre de 2022, del período provisional durante el cual el Reino Unido podrá establecer excepciones a la obligación de suprimir los datos del PNR de los pasajeros tras su salida del Reino Unido.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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