Reglamento Delegado (UE) 2021/723 de la Comisión de 26 de febrero de 2021 por el que se completa el Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la creación de un registro público en el que figuren los organismos encargados por cada Estado miembro de controlar los procesos de envejecimiento de las bebidas espirituosas
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Article 1 Registro público de los organismos encargados de controlar los procesos de envejecimiento de las bebidas espirituosas
1 Sobre la base de las notificaciones efectuadas por los Estados miembros de conformidad con el artículo 1, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/724 de la Comisión , la Comisión elaborará y actualizará una lista de organismos encargados de controlar los procesos de envejecimiento de las bebidas espirituosas.
2 La Comisión creará un registro público que recoja la lista actualizada de organismos encargados de controlar los procesos de envejecimiento. Dicho registro adoptará la forma de una base de datos electrónica accesible al público.
Article 2 Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 25 de mayo de 2021.
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