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Reglamento Delegado (UE) 2021/1833 de la Comisión de 14 de julio de 2021 por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo mediante la especificación de los criterios para determinar cuándo debe considerarse que una actividad es auxiliar de la actividad principal a nivel de grupo (Texto pertinente a efectos del EEE)

CELEX
32021R1833
Document type
REG_DEL
Sector
Legislation
Date of document
2021-07-14
In force since
2021-11-09
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Categorías de activos admisibles para la prueba de actividad auxiliar

Para ser consideradas auxiliares de la actividad principal del grupo, las actividades de las personas a que se refiere el artículo 2, apartado 1, letra j), incisos i) y ii), de la Directiva 2014/65/UE deberán estar relacionadas con una o varias de las siguientes categorías de activos: a) derivados sobre materias primas relacionados con una materia prima o un subyacente contemplados en el anexo I, sección C, puntos 5, 6, 7 y 10, de la Directiva 2014/65/UE; b) derechos de emisión a que se refiere el anexo I, sección C, punto 11, de la Directiva 2014/65/UE o derivados sobre derechos de emisión a que se refiere el anexo I, sección C, punto 4, de la Directiva 2014/65/UE.

Article 2 Pruebas de actividad auxiliar

1 Se considerará que las actividades de las personas a que se refiere el artículo 1 son auxiliares de la actividad principal a nivel de grupo cuando cumplan alguna de las condiciones siguientes: a) que la exposición nocional neta pendiente, calculada de conformidad con el artículo 3, en derivados sobre materias primas con liquidación en efectivo o en derechos de emisión o derivados de estos con liquidación en efectivo negociados en la Unión, con exclusión de los derivados sobre materias primas o los derechos de emisión o derivados de estos negociados en un centro de negociación, sea inferior a un umbral anual de 3000 millones EUR (prueba del umbral de minimis); b) que el volumen de esas actividades, calculado de conformidad con el artículo 4, apartado 1, represente el 50 % o menos del volumen total de las demás actividades de negociación del grupo, calculado de conformidad con el artículo 4, apartado 2; c) que el capital estimado empleado para llevar a cabo dichas actividades, calculado de conformidad con el artículo 5, apartados 1 y 3, no represente más del 50 % del capital empleado a nivel de grupo para llevar a cabo la actividad principal, calculado de conformidad con el artículo 5, apartado 4.

2 Se considerará que un grupo comprende la empresa matriz y todas sus empresas filiales. Incluirá las entidades situadas en la Unión y en terceros países, independientemente de que el grupo tenga su sede dentro o fuera de la Unión.

Article 3 Prueba del umbral de minimis

1 La exposición nocional neta pendiente a que se refiere el artículo 2, apartado 1, letra a), se calculará promediando los valores nocionales netos pendientes a final de mes agregados correspondientes a los 12 meses anteriores y resultantes de todos los contratos de derivados sobre materias primas con liquidación en efectivo o de derechos de emisión o derivados de estos con liquidación en efectivo suscritos en la Unión por una persona perteneciente a un grupo. Los valores nocionales netos pendientes a que se refiere el párrafo primero se calcularán sobre la base de todos los contratos de derivados sobre materias primas con liquidación en efectivo o de derechos de emisión o derivados de estos con liquidación en efectivo que no se negocien en un centro de negociación y en los que sea parte cualquier persona situada en la Unión, durante el período contable anual pertinente a que se refiere el artículo 6, apartado 2. Los contratos de derivados sobre materias primas o derivados sobre derechos de emisión con liquidación en efectivo a que se refieren los párrafos primero y segundo incluirán todos los contratos de derivados relacionados con materias primas o derechos de emisión que deban liquidarse en efectivo o que puedan liquidarse en efectivo a elección de una de las partes, por motivos distintos del incumplimiento u otro suceso que lleve a la rescisión del contrato.

2 En la agregación mencionada en el apartado 1 no se incluirán las posiciones en contratos resultantes de las operaciones a que se refiere el artículo 2, apartado 4, párrafo cuarto, letras a), b) y c), de la Directiva 2014/65/UE ni en contratos en los que la persona del grupo que sea parte en ellos esté autorizada con arreglo a la Directiva 2014/65/UE o a la Directiva 2013/36/UE.

3 Los valores nocionales netos pendientes a que se refiere el apartado 1 se determinarán con arreglo al método de compensación del artículo 5, apartado 2.

4 Los valores resultantes de la agregación a que se hace referencia en el presente artículo se expresarán en euros.

Article 4 Prueba de negociación

1 El volumen de las actividades a que se refiere el artículo 2, apartado 1, letra b), realizadas en la Unión por una persona perteneciente a un grupo se calculará agregando el valor nocional bruto de todos los contratos de derivados sobre materias primas o de derechos de emisión o derivados de estos en los que dicha persona sea parte. En la agregación mencionada en el párrafo primero no se incluirán los contratos resultantes de las operaciones a que se refiere el artículo 2, apartado 4, párrafo cuarto, letras a), b) y c), de la Directiva 2014/65/UE ni los contratos en los que la persona del grupo que sea parte en ellos esté autorizada con arreglo a la Directiva 2014/65/UE o a la Directiva 2013/36/UE.

2 El volumen total de las demás actividades de negociación del grupo a que se refiere el artículo 2, apartado 1, letra b), se calculará agregando el valor nocional bruto de todos los contratos de derivados sobre materias primas, derechos de emisión y derivados de estos en los que las personas de ese grupo sean parte. En la agregación mencionada en el párrafo primero se incluirán los contratos resultantes de las operaciones a que se refiere el artículo 2, apartado 4, párrafo cuarto, letras a), b) y c), de la Directiva 2014/65/UE y los contratos en los que la persona del grupo que sea parte en ellos esté autorizada con arreglo a la Directiva 2014/65/UE o a la Directiva 2013/36/UE.

3 El volumen global de las actividades de negociación en el mercado a que se refieren los apartados 1 y 2 se calculará agregando el valor nocional bruto de todos los contratos que no se negocien en un centro de negociación y en los que sea parte cualquier persona situada en la Unión y el valor nocional bruto de cualesquiera otros contratos que se negocien en un centro de negociación situado en la Unión durante el período contable anual pertinente a que se refiere el artículo 6, apartado 2.

4 Los valores agregados a que se hace referencia en el presente artículo se expresarán en euros.

Article 5 Prueba del capital empleado

1 El capital estimado empleado para llevar a cabo las actividades contempladas en el artículo 2, apartado 1, letra c), será igual a la suma de lo siguiente: a) el 15 % de cada posición neta, larga o corta, multiplicado por el precio del derivado sobre materias primas, el derecho de emisión o los derivados de este; b) el 3 % de la posición bruta, larga más corta, multiplicado por el precio del derivado sobre materias primas, el derecho de emisión o los derivados de este. Las posiciones a que se refiere el párrafo primero se calcularán sobre la base de todos los contratos que no se negocien en un centro de negociación y en los que sea parte cualquier persona situada en la Unión y de cualesquiera otros contratos que se negocien en un centro de negociación situado en la Unión durante el período contable anual pertinente a que se refiere el artículo 6, apartado 2.

2 A efectos del apartado 1, párrafo primero, letra a), la posición neta en un derivado sobre materias primas o en un derecho de emisión o derivado de este en la Unión se determinará compensando las posiciones largas y cortas: a) en cada tipo de contrato de derivados sobre materias primas con una materia prima determinada como subyacente, a fin de calcular la posición neta por tipo de contrato con dicha materia prima como subyacente; b) en un contrato de derechos de emisión, a fin de calcular la posición neta en dicho contrato, o c) en cada tipo de contrato de derivados sobre derechos de emisión, a fin de calcular la posición neta por tipo de contrato de derivados sobre derechos de emisión. A efectos del apartado 1, párrafo primero, letra a), las posiciones netas en diferentes tipos de contratos de derivados con la misma materia prima como subyacente o en diferentes tipos de contratos de derivados con el mismo derecho de emisión como subyacente podrán compensarse entre sí.

3 A efectos del apartado 1, párrafo primero, letra b), la posición bruta en un contrato de derivados sobre materias primas, derechos de emisión o derivados de estos se determinará sumando los valores absolutos de las posiciones netas por tipo de contrato de derivados con una determinada materia prima como subyacente, por contrato de derechos de emisión o por tipo de contrato de derivados con un determinado derecho de emisión como subyacente. A efectos del apartado 1, párrafo primero, letra b), las posiciones netas en diferentes tipos de contratos de derivados con la misma materia prima como subyacente o en diferentes tipos de contratos de derivados con el mismo derecho de emisión como subyacente no podrán compensarse entre sí. El cálculo del capital estimado no incluirá las posiciones resultantes de las operaciones a que se refiere el artículo 2, apartado 4, párrafo cuarto, letras a), b) y c), de la Directiva 2014/65/UE ni los contratos en los que la persona del grupo que sea parte en ellos esté autorizada con arreglo a la Directiva 2014/65/UE o a la Directiva 2013/36/UE.

4 El capital empleado para llevar a cabo la actividad principal de un grupo será igual a la suma de los activos totales del grupo menos su deuda a corto plazo, tal como conste en los estados financieros consolidados del grupo al final del período de cálculo anual correspondiente. A efectos del presente apartado, por deuda a corto plazo se entenderá la deuda con un plazo de vencimiento inferior a 12 meses.

5 Los valores resultantes de los cálculos a que se hace referencia en el presente artículo se expresarán en euros.

Article 6 Procedimiento de cálculo

1 El cálculo de la prueba del umbral de minimis a que se refiere el artículo 3 se determinará por referencia a los tres períodos de cálculo anuales anteriores a la fecha de cálculo y la media simple de los valores anuales resultantes se comparará con el umbral a que se refiere el artículo 2, apartado 1, letra a). El cálculo del volumen de las actividades de negociación y del capital empleado a que se refieren los artículos 4 y 5 se basará en una media simple de las actividades de negociación diarias o del capital estimado asignado a esas actividades, durante los tres períodos de cálculo anuales anteriores a la fecha de cálculo. Los cálculos se realizarán anualmente en el primer trimestre del año natural siguiente a un período de cálculo anual y la media simple de los valores anuales resultantes se comparará con los umbrales correspondientes a que se refiere el artículo 2, apartado 1, letras b) y c).

2 A efectos del apartado 1, por período de cálculo anual se entenderá un período que comienza el 1 de enero de un año determinado y finaliza el 31 de diciembre de ese mismo año.

3 A efectos del apartado 1, el cálculo del volumen de las actividades de negociación o del capital estimado asignado a las mismas efectuado en 2022 se basará en los tres períodos de cálculo anuales anteriores que comiencen el 1 de enero de 2019, el 1 de enero de 2020 y el 1 de enero de 2021, y el cálculo efectuado en 2023 se basará en los tres períodos de cálculo anuales anteriores que comiencen el 1 de enero de 2020, el 1 de enero de 2021 y el 1 de enero de 2022.

4 No obstante lo dispuesto en el apartado 3, el período de referencia para el cálculo de las actividades de negociación diarias o del capital estimado asignado a esas actividades incluirá únicamente el período de cálculo anual más reciente cuando concurran las dos condiciones siguientes: a) cuando el volumen de las actividades de negociación diarias o el capital estimado asignado a esas actividades disminuya más del 10 %, al comparar el más antiguo de los tres períodos de cálculo anuales anteriores y el período de cálculo anual más reciente, y b) cuando el volumen de las actividades de negociación diarias o el capital estimado asignado a esas actividades en el más reciente de los tres períodos de cálculo anuales sea inferior al de los dos períodos de cálculo anteriores.

Article 7 Operaciones que puede considerarse que reducen los riesgos

1 A efectos del artículo 2, apartado 4, párrafo cuarto, letra b), de la Directiva 2014/65/UE, se considerará que una operación con derivados reduce de manera objetivamente mensurable los riesgos vinculados directamente a la actividad comercial o de financiación de la tesorería cuando se cumplan uno o varios de los criterios siguientes: a) cuando la operación reduzca los riesgos derivados de la posible variación del valor de los activos, servicios, insumos, productos, materias primas o pasivos que la persona o su grupo posea, produzca, fabrique, transforme, suministre, adquiera, comercialice, arriende, venda o contraiga, o razonablemente prevea poseer, producir, fabricar, transformar, suministrar, adquirir, comercializar, arrendar, vender o contraer en el ejercicio ordinario de su actividad; b) cuando la operación cubra los riesgos derivados del impacto indirecto potencial en el valor de los activos, servicios, insumos, productos, materias primas o pasivos contemplados en la letra a), como resultado de la fluctuación de los tipos de interés, las tasas de inflación, los tipos de cambio o el riesgo de crédito; c) cuando la operación pueda calificarse de contrato de cobertura con arreglo a las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas de conformidad con el artículo 3 del Reglamento (CE) n.o 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo .

2 A efectos del apartado 1, una operación que puede considerarse que reduce los riesgos por sí sola o en combinación con otros derivados será aquella respecto de la cual una entidad no financiera: a) describa lo siguiente en sus políticas internas: i) los tipos de contratos de derivados sobre materias primas, derechos de emisión o derivados de estos incluidos en las carteras utilizadas para reducir los riesgos vinculados directamente a la actividad comercial o de financiación de la tesorería y sus criterios de admisibilidad, ii) el vínculo entre la cartera y los riesgos que esta reduce, iii) las medidas adoptadas para garantizar que las operaciones relacionadas con dichos contratos sirvan exclusivamente para cubrir los riesgos vinculados directamente a la actividad comercial o de financiación de la tesorería de la entidad no financiera y que toda operación que tenga cualquier otro propósito pueda identificarse claramente; b) pueda proporcionar una visión suficientemente desagregada de las carteras en términos de categoría de derivado sobre materias primas, derecho de emisión o derivado de este, materia prima subyacente, horizonte temporal y otros factores pertinentes.

Article 8 Derogación

Queda derogado el Reglamento Delegado (UE) 2017/592. Las referencias al Reglamento Delegado (UE) 2017/592 se entenderán hechas al presente Reglamento con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo de este.

Article 9 Entrada en vigor y aplicación

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

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