Reglamento (UE) 2021/1873 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de octubre de 2021 por el que se amplía la duración de la protección comunitaria de las obtenciones vegetales para variedades de la especie Asparagus officinalis L. y de los grupos de especies de bulbos de flores, pequeños frutos de plantas leñosas y plantas ornamentales leñosas
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Article 1 Ampliación de la duración de la protección comunitaria de las obtenciones vegetales
1 La duración de la protección comunitaria de las obtenciones vegetales, según lo dispuesto en el artículo 19, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 2100/94, se ampliará en cinco años para variedades de la especie Asparagus officinalis L. y de los grupos de especies de bulbos de flores, pequeños frutos de plantas leñosas y plantas ornamentales leñosas.
2 El apartado 1 del presente artículo se entiende sin perjuicio del artículo 116, apartado 4, cuarto guion, del Reglamento (CE) n.o 2100/94.
Article 2 Reducción de la ampliación
En el caso de las variedades vegetales a las que se hayan concedido una o varias protecciones nacionales de obtenciones vegetales antes de la concesión de una protección comunitaria de obtenciones vegetales, pero a las que no sea aplicable el artículo 116, apartado 4, cuarto guion, del Reglamento (CE) n.o 2100/94, la ampliación de la duración establecida en el artículo 1 del presente Reglamento se reducirá en un plazo equivalente al período más largo de años naturales completos en que haya estado en vigor cualquier protección nacional de obtenciones vegetales en un Estado miembro con respecto a las mismas variedades antes de la concesión de la protección comunitaria de obtenciones vegetales.
Article 3 Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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