Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2090 de la Comisión de 25 de noviembre de 2021 relativo a la denegación de autorización del dióxido de titanio como aditivo en piensos para todas las especies animales (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1 Denegación de autorización
Se deniega la autorización del dióxido de titanio (E 171) como aditivo en la alimentación animal, en la categoría de «aditivos organolépticos» y en el grupo funcional de «colorantes: sustancias que añaden o devuelven color a los piensos».
Article 2 Retirada del mercado
1 Las existencias del aditivo mencionado en el artículo 1 y de las premezclas que lo contengan se retirarán del mercado a más tardar el 20 de marzo de 2022.
2 Las materias primas para piensos y los piensos compuestos que se hayan producido con el aditivo o las premezclas a que se refiere el apartado 1 antes del 20 de marzo de 2022 se retirarán del mercado a más tardar el 20 de junio de 2022.
Article 3 Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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