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Reglamento (UE) 2021/2278 del Consejo de 20 de diciembre de 2021 por el que se suspenden los derechos del arancel aduanero común contemplados en el artículo 56, apartado 2, letra c), del Reglamento (UE) n.o 952/2013 sobre algunos productos agrícolas e industriales, y se deroga el Reglamento (UE) n.o 1387/2013

CELEX
32021R2278
Document type
REG
Sector
Legislation
Date of document
2021-12-20
In force since
2022-01-01
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 Para los productos agrícolas e industriales que figuran en el anexo del presente Reglamento, quedan suspendidos los derechos del arancel aduanero común contemplados en el artículo 56, apartado 2, letra c), del Reglamento (UE) n.o 952/2013.

2 El apartado 1 no se aplica a ninguna de las mezclas, preparados o productos constituidos por distintos componentes que contengan productos que figuran en el anexo.

Article 2

1 La Comisión podrá revisar las suspensiones correspondientes a los productos que figuran en el anexo: a) por iniciativa propia, o b) a petición de los Estados miembros.

2 La Comisión efectuará una revisión de las suspensiones para los productos que figuran en el anexo durante el año precedente a la fecha prevista de revisión obligatoria indicada en el anexo.

Article 3

Cuando se presente una declaración en aduana para el despacho a libre práctica de los productos para los que se hayan previsto unidades suplementarias en el anexo, se utilizará la unidad suplementaria establecida en el anexo para consignar la cantidad exacta de los productos importados en dicha declaración.

Article 4

Queda derogado el Reglamento (UE) n.o 1387/2013.

Article 5

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2022.

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