Reglamento Delegado (UE) 2021/2304 de la Comisión de 18 de octubre de 2021 por el que se complementa el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas relativas a la expedición de certificados complementarios que acrediten que no se utilizan antibióticos en la producción ecológica de productos animales con fines de exportación (Texto pertinente a efectos del EEE)
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1 Certificado complementario que acredita que no se utilizan antibióticos en la producción ecológica de productos animales con fines de exportación
A petición de un operador o de un grupo de operadores que ya esté en posesión del certificado a que se refiere el artículo 35 del Reglamento (UE) 2018/848, la autoridad competente pertinente o, en su caso, la autoridad de control o el organismo de control pertinente, expedirá un certificado complementario que acredite que el operador o el grupo de operadores ha producido productos animales ecológico sin utilizar antibióticos en caso de que dicho certificado sea necesario para la exportación de dichos productos desde la Unión. El modelo de dicho certificado complementario figura en el anexo del presente Reglamento.
Article 2 Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2022.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions