Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2325 de la Comisión de 16 de diciembre de 2021 por el que se establece, de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, la lista de terceros países y la lista de autoridades de control y organismos de control reconocidos en virtud del artículo 33, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo para la importación de productos ecológicos en la Unión
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Article 1 Lista de terceros países reconocidos
La lista de terceros países reconocidos a efectos de equivalencia, de conformidad con el artículo 33, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 834/2007, figura en el anexo I del presente Reglamento.
Article 2 Lista de las autoridades de control y de los organismos de control reconocidos
La lista de las autoridades de control y de los organismos de control reconocidos a efectos de equivalencia, de conformidad con el artículo 33, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 834/2007, figura en el anexo II del presente Reglamento.
Article 3 Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2022. El artículo 1 será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2026. El artículo 2 será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2024.
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