Decisión (UE) 2022/391 del Consejo de 3 de marzo de 2022 sobre la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el 65.o período de sesiones de la Comisión de Estupefacientes sobre la inclusión de sustancias en las listas de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, enmendada por el Protocolo de 1972, y el Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971
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Article 1
La posición que deberán adoptar los Estados miembros en nombre de la Unión en el 65.° período de sesiones de la Comisión de Estupefacientes, que se celebrará del 14 al 18 de marzo de 2022, cuando este organismo sea llamado a adoptar decisiones sobre la inclusión de sustancias en las listas de la Convención Única de las Naciones Unidas sobre Estupefacientes de 1961, enmendada por el Protocolo de 1972, y el Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971 de las Naciones Unidas, es la que se establece en el anexo de la presente Decisión.
Article 2
La posición mencionada en el artículo 1 será expresada por los Estados miembros que participan en la Comisión de Estupefacientes en calidad de miembros, actuando conjuntamente en interés de la Unión.
Article 3
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros de conformidad con los Tratados.
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