Decisión de Ejecución (UE) 2022/499 de la Comisión de 23 de marzo de 2022 por la que se aprueban, con respecto a Chipre y Eslovenia, modificaciones de los planes nacionales de implantación de sus sistemas de validación, de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo [notificada con el número C(2022) 1844] (Los textos en lenguas eslovena y griega son los únicos auténticos)
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Article 1
Quedan aprobadas las modificaciones del plan nacional de aplicación del sistema de validación presentadas el 3 de septiembre de 2021 por Chipre, de conformidad con el artículo 109, apartado 8, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009.
Article 2
Quedan aprobadas las modificaciones del plan nacional de aplicación del sistema de validación presentadas el 23 de junio de 2021 por Eslovenia, de conformidad con el artículo 109, apartado 8, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009.
Article 3
Si, sobre la base de los resultados de las verificaciones, inspecciones y auditorías llevadas a cabo en el marco del título X del Reglamento (CE) n.o 1224/2009, la Comisión considera que los planes de validación aprobados con arreglo a los artículos 1 y 2 no garantizan el cumplimiento efectivo por los Estados miembros de las obligaciones establecidas en el artículo 109 del Reglamento (CE) n.o 1224/2009, la Comisión podrá, tras consultar a los Estados miembros en cuestión, solicitar la modificación de los planes. Los Estados miembros modificarán sus planes de validación de acuerdo con dicha solicitud.
Article 4
Las destinatarias de la presente Decisión serán la República de Chipre y la República de Eslovenia.
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