Decisión (UE) 2022/614 del Consejo de 11 de febrero de 2022 sobre la firma, en nombre de la Unión, y la aplicación provisional del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la República de Mauricio relativo a la prórroga del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de colaboración en el sector pesquero entre la Unión Europea y la República de Mauricio
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Article 1
Se autoriza la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión y la República de Mauricio relativo a la prórroga del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de colaboración en el sector pesquero entre la Unión Europea y la República de Mauricio, a reserva de la celebración de dicho Acuerdo .
Article 2
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo en forma de Canje de Notas en nombre de la Unión.
Article 3
El Acuerdo en forma de Canje de Notas será aplicable de forma provisional, de conformidad con el punto 10 del Acuerdo en forma de Canje de Notas, a partir del 1 de enero de 2022, o desde cualquier otra fecha posterior a partir de su firma, hasta tanto no se completen los procedimientos necesarios para su entrada en vigor.
Article 4
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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