Decisión (UE) 2022/722 del Consejo de 5 de abril de 2022 por la que se autoriza a los Estados miembros a firmar, en interés de la Unión Europea, el Segundo Protocolo adicional al Convenio sobre la Ciberdelincuencia, relativo a la cooperación reforzada y la revelación de pruebas electrónicas
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Article 1
Se autoriza a los Estados miembros a firmar, en interés de la Unión, el Segundo Protocolo adicional al Convenio sobre la Ciberdelincuencia, relativo a la cooperación reforzada y la revelación de pruebas electrónicas (en lo sucesivo, «Segundo Protocolo») .
Article 2
1 En el momento de firmar el Segundo Protocolo, los Estados miembros podrán formular o efectuar reservas, declaraciones, notificaciones o comunicaciones de conformidad con los puntos 1 a 3 del anexo de la presente Decisión.
2 Los Estados miembros firmantes del Segundo Protocolo que no formulen o efectúen en el momento de su firma las reservas, declaraciones, notificaciones o comunicaciones a que se refiere el apartado 1, lo harán cuando depositen su instrumento de ratificación, aceptación o aprobación del Segundo Protocolo.
3 Tras la firma, ratificación, aceptación o aprobación del Segundo Protocolo, los Estados miembros se atendrán, además, a las indicaciones que figuran en el punto 4 del anexo de la presente Decisión.
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Article 4
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Article 5
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
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