Decisión (UE) 2022/1932 del Consejo de 29 de septiembre de 2022 relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en la Comisión mixta UE-PTC creada por el Convenio de 20 de mayo de 1987 relativo a un régimen común de tránsito en lo que respecta a las modificaciones de dicho Convenio
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Article 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en la Comisión mixta UE-PTC creada por el Convenio de 20 de mayo de 1987 relativo a un régimen común de tránsito (en lo sucesivo, «Comisión mixta UE-PTC»), en su próxima sesión o mediante procedimiento escrito de esta, en lo que respecta a las modificaciones de los apéndices de dicho Convenio, se basará en el proyecto de Decisión de la Comisión mixta UE-PTC adjunto a la presente Decisión. El representante de la Unión en la Comisión mixta UE-PTC podrá acordar cambios técnicos menores del proyecto de Decisión.
Article 2
Una vez adoptada, la Decisión de la Comisión mixta UE-PTC se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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