Skip to content
Seqlense EUR-Lex

Decisión (PESC) 2022/2275 del Consejo de 18 de noviembre de 2022 en apoyo del desarrollo de un sistema internacionalmente reconocido de validación de la gestión de armas y municiones para evitar la proliferación ilícita

CELEX
32022D2275
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2022-11-18
In force since
2022-11-18
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 Con miras a la aplicación de la Estrategia de la UE contra las APAL, la presente Decisión tiene por objeto respaldar la labor destinada a garantizar una gestión segura de las APAL y las municiones, mejorando los procesos decisorios de las partes interesadas que participan en el control de exportaciones y en la cooperación y la asistencia internacionales.

2 De conformidad con el apartado 1, los objetivos de la presente Decisión son los siguientes: a) crear un sistema de validación de la gestión de armas y municiones que sea operativo; y b) fomentar las iniciativas de las organizaciones regionales y de sus Estados miembros encaminadas a desarrollar sus propios sistemas de validación de la gestión de armas y municiones.

3 En el anexo de la presente Decisión figura una descripción detallada del proyecto.

Article 2

1 El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante») será responsable de la aplicación de la presente Decisión.

2 El Centro Internacional de Desminado Humanitario de Ginebra (CIDHG) y su organismo especializado, el Equipo Consultivo de Gestión de Municiones (AMAT) llevarán a cabo la ejecución técnica del proyecto a que se refiere el artículo 1.

3 El CIDHG y el AMAT desempeñarán sus funciones bajo la responsabilidad del Alto Representante. Para ello, el Alto Representante suscribirá los acuerdos necesarios con el CIDHG.

Article 3

1 El importe de referencia financiera para la ejecución del proyecto financiado por la Unión será de 1792690,84 EUR.

2 Los gastos financiados con el importe de referencia a que se refiere el apartado 1 se gestionarán de conformidad con los procedimientos y normas aplicables al presupuesto general de la Unión.

3 La Comisión supervisará la correcta administración de los gastos a que se refiere el apartado 1. Para ello, celebrará con el CIDHG el acuerdo que sea necesario. En dicho acuerdo se estipulará que el CIDHG debe garantizar que la contribución de la Unión tenga una proyección pública acorde con su cuantía.

4 La Comisión procurará celebrar lo antes posible el acuerdo a que se refiere el apartado 3, una vez haya entrado en vigor la presente Decisión. Informará al Consejo de cualquier dificultad que surja en el proceso, así como de la fecha de celebración del acuerdo.

Article 4

1 El Alto Representante informará al Consejo de la aplicación de la presente Decisión, basándose en los informes descriptivos periódicos elaborados por el CIDHG. Dichos informes constituirán la base de la evaluación que llevará a cabo el Consejo.

2 La Comisión informará sobre los aspectos financieros del proyecto a que se refiere el artículo 1.

Article 5

1 La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

2 La presente Decisión expirará a los treinta y seis meses de la fecha de celebración del acuerdo a que se refiere el artículo 3, apartado 3. No obstante, expirará seis meses después de la fecha de su entrada en vigor si no se celebrase ningún acuerdo dentro de ese plazo.

Relations

What this act cites, and what cites it.

Show relations

Versions

Point-in-time consolidated versions of this act.

Show versions