Decisión (UE) 2022/2489 del Consejo de 25 de noviembre de 2022 relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en la 42.a reunión del Comité permanente del Convenio relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural de Europa (en lo sucesivo, «Convenio de Berna»)
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Article 1
La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión, en relación con los asuntos que sean de su competencia, en la 42.a reunión anual del Comité permanente del Convenio relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural de Europa (en lo sucesivo, «Convenio de Berna») será: a) oponerse a la propuesta de trasladar al lobo (Canis lupus) del anexo II («Especies de fauna estrictamente protegidas») al anexo III («Especies de fauna protegidas») del Convenio de Berna; y b) apoyar las enmiendas propuestas del reglamento interior del Comité permanente que figuran en el documento TPVs/Inf (2022) 29: «Modificaciones propuestas al reglamento interior del Comité permanente de la Secretaría del Convenio de Berna.
Article 2
A la luz de la evolución de la situación en la 42.a reunión del Comité Permanente, los representantes de la Unión, en consulta con los Estados miembros, podrán acordar una modificación de la posición a que se refiere el artículo 1, letra b), durante las reuniones de coordinación in situ, sin necesidad de una nueva decisión del Consejo.
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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