Reglamento Delegado (UE) 2022/760 de la Comisión de 8 de abril de 2022 por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2021/2306 en lo que respecta a las disposiciones transitorias para los certificados de inspección expedidos en Ucrania
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Article 1 Modificaciones del Reglamento Delegado (UE) 2021/2306
«1 bis No obstante lo dispuesto en el artículo 5, apartado 3, párrafo primero, hasta el 30 de junio de 2022, una persona autorizada, situada en Ucrania, de una autoridad de control o un organismo de control que no disponga de sello electrónico cualificado podrá expedir y presentar en TRACES el certificado de inspección en formato electrónico sin incluir un sello electrónico cualificado en la casilla 18 de dicho certificado. Dicho certificado deberá ser expedido antes de que la partida a la que corresponda salga del tercer país de exportación o de origen.».
Article 2 Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 24 de febrero de 2022.
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