Decisión de la Comisión, de 20 de mayo de 2022, sobre las funciones exactas que se consideran funciones públicas importantes en las instituciones y organismos de la Unión Europea
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Las siguientes funciones se consideran funciones públicas importantes en las instituciones y organismos de la Unión: 1) las funciones del presidente del Consejo Europeo y del secretario general del Consejo de la Unión Europea; 2) las funciones de los diputados al Parlamento Europeo; 3) las funciones de los miembros de la Comisión Europea; 4) las funciones de los jueces, abogados generales y secretario del Tribunal de Justicia; 5) en el Banco Central Europeo, las funciones de: a) el presidente, el vicepresidente y los demás miembros del Comité Ejecutivo; b) los miembros del Consejo de Gobierno y del Consejo General; c) el presidente, el vicepresidente y los demás miembros del Consejo de Supervisión; 6) las funciones de los miembros del Tribunal de Cuentas Europeo; 7) en el Servicio Europeo de Acción Exterior, las funciones de: a) los jefes de delegaciones de la Unión o de las oficinas de representación de la Unión en un tercer país o ante una organización internacional, en el sentido del artículo 221 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea; b) los jefes de misión de terceros países y de organizaciones internacionales acreditados ante la Unión.
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