Decisión (PESC) 2023/994 del Consejo de 22 de mayo de 2023 sobre las consecuencias de que Dinamarca haya informado a los demás Estados miembros de que ya no desea acogerse al artículo 5 del Protocolo n.o 22 sobre la posición de Dinamarca y por la que se modifican la Decisión (PESC) 2021/509 por la que se crea un Fondo Europeo de Apoyo a la Paz y la Decisión 2014/401/PESC relativa al Centro de Satélites de la Unión Europea
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
Como consecuencia de que Dinamarca haya informado a los demás Estados miembros de que, a partir del 1 de julio de 2022, ya no desea acogerse al artículo 5 del Protocolo n.o 22 sobre la posición de Dinamarca: a partir del 1 de julio de 2022, todas las referencias a la posición de Dinamarca basadas en el artículo 5 del Protocolo n.o 22 en las decisiones adoptadas por el Consejo en virtud del título V, capítulo 2, del TUE dejarán de aplicarse, a partir del 1 de julio de 2022, todas las referencias a la posición de Dinamarca basadas en el artículo 5 del Protocolo n.o 22, en las decisiones adoptadas por el Comité Político y de Seguridad con arreglo al artículo 38, párrafo tercero, del TUE relativas al control político y a la dirección estratégica de las operaciones de gestión de crisis a que se refieren los artículos 42 y 43 del TUE, que tengan implicaciones en el ámbito de la defensa, dejarán de aplicarse.
Article 2
«3 Los créditos de pago de la parte general del presupuesto destinados a los gastos de apoyo y preparación de las operaciones contemplados en el artículo 18, apartado 3, letra b), se cubrirán con las contribuciones de los Estados miembros.»
«1 Los costes comunes de los ejercicios de la Unión se financiarán a través del Fondo, siguiendo normas y procedimientos similares a los que se aplican a las operaciones a las que contribuyen todos los Estados miembros.»
«7 Cuando se decida que el Fondo debe conservar equipos financiados en común con motivo de una operación, los Estados miembros contribuyentes podrán pedir una compensación financiera a los demás Estados miembros. El Comité tomará las decisiones adecuadas a propuesta del administrador de las operaciones.»
Article 3
«3 Los ingresos del SATCEN consistirán en contribuciones de los Estados miembros con arreglo a la clave de la renta nacional bruta, pagos en remuneración de servicios prestados e ingresos varios.»
Article 4
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. Será aplicable a partir del 1 de julio de 2022.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions