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Decisión (UE) 2023/1809 de la Comisión de 14 de septiembre de 2023 por la que se establecen los criterios de la etiqueta ecológica de la UE aplicables a los productos absorbentes de higiene personal y a las copas menstruales reutilizables [notificada con el número C(2023) 6024] (Texto pertinente a efectos del EEE)

CELEX
32023D1809
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2023-09-14
In force since
2023-09-21
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 La categoría de productos «productos absorbentes de higiene personal» incluirá cualquier artículo cuya función sea absorber y retener fluidos humanos tales como orina, heces, sudor, líquido menstrual o leche, excluidos los productos textiles. La categoría de productos «productos absorbentes de higiene personal» comprenderá los productos tanto para uso personal como profesional.

2 La categoría de productos «productos absorbentes de higiene personal» no incluirá los productos incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2017/745.

Article 2

1 La categoría de productos «copas menstruales reutilizables» incluirá las copas o barreras flexibles reutilizables que se lleven dentro del cuerpo y cuya función sea retener y recoger líquido menstrual, y que estén hechas de silicona u otros elastómeros.

2 La categoría de productos «copas menstruales reutilizables» no incluirá los productos incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2017/745.

Article 3

1 A fin de que un producto obtenga la etiqueta ecológica de la UE en virtud del Reglamento (CE) n.o 66/2010 en la categoría de productos «productos absorbentes de higiene personal», el producto estará contemplado por la definición de la categoría prevista en el artículo 1 de la presente Decisión y cumplirá los criterios respectivos y los requisitos de evaluación y verificación correspondientes establecidos en el anexo I de la presente Decisión.

2 A fin de que un producto obtenga la etiqueta ecológica de la UE en virtud del Reglamento (CE) n.o 66/2010 en la categoría de productos «copas menstruales reutilizables», el producto estará contemplado por la definición de la categoría prevista en el artículo 2 de la presente Decisión y cumplirá los criterios respectivos y los requisitos de evaluación y verificación correspondientes establecidos en el anexo II de la presente Decisión.

Article 4

Los criterios de la etiqueta ecológica de la UE aplicables a las categorías de productos «productos absorbentes de higiene personal» y «copas menstruales reutilizables», así como los correspondientes requisitos de evaluación y verificación, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2029.

Article 5

1 El número de código asignado a efectos administrativos a la categoría de productos «productos absorbentes de higiene personal» será el «047».

2 El número de código asignado a efectos administrativos a la categoría de productos «copas menstruales reutilizables» será el «055».

Article 6

Queda derogada la Decisión 2014/763/UE.

Article 7

1 Las solicitudes de etiqueta ecológica de la UE relativas a la categoría de «productos absorbentes de higiene personal», tal como se definen en la Decisión 2014/763/UE, que hayan sido presentadas antes de la fecha de aplicación de la presente Decisión se evaluarán de conformidad con los criterios establecidos en la Decisión 2014/763/UE.

2 Las solicitudes de etiqueta ecológica de la UE a productos pertenecientes a la categoría de «productos absorbentes de higiene personal» presentadas dentro de los dos meses siguientes a la fecha de aplicación de la presente Decisión podrán basarse, a elección del solicitante, en los criterios establecidos en la presente Decisión o en los criterios establecidos en la Decisión 2014/763/UE y se evaluarán de conformidad con ellos.

3 Las licencias para la etiqueta ecológica de la UE concedidas sobre la base de una solicitud evaluada con arreglo a los criterios establecidos en la Decisión 2014/763/UE podrán utilizarse durante los doce meses siguientes a la fecha de aplicación de la presente Decisión.

Article 8

Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros. Será aplicable a partir del 21 de septiembre de 2023.

Relations

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