Decisión Delegada (UE) 2023/2424 de la Comisión, de 28 de julio de 2023, por la que se especifica el contenido y formato de las preguntas y se establece la serie de preguntas adicionales predeterminadas para el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV) de conformidad con el artículo 17, apartados 5 y 6, del Reglamento (UE) 2018/1240 del Parlamento Europeo y del Consejo
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Article 1 Asunto
La presente Decisión establece el formato y contenido de las preguntas y respuestas que deben incluirse en el formulario de solicitud a efectos del artículo 17, apartado 4, del Reglamento (UE) 2018/1240 y las series de listas de preguntas adicionales y respuestas predeterminadas con arreglo al artículo 17, apartado 6, de dicho Reglamento.
Article 2 Contenido y formato de las preguntas y las series de preguntas y respuestas predeterminadas relacionadas con delitos que deben declararse en el formulario de solicitud
1 Se presentarán al solicitante las preguntas siguientes: a) «¿Ha sido condenado en los últimos 15 años por alguno o varios de los delitos enumerados a continuación?»; y b) «¿Ha sido condenado en los últimos 25 años por delitos de terrorismo?». En relación con la letra a), se presentará al solicitante al mismo tiempo una lista que contenga los delitos enumerados en el anexo del Reglamento (UE) 2018/1240. Se le pedirá que responda a la pregunta para cada delito escogiendo una respuesta de una lista predeterminada compuesta por las opciones «sí» y «no». También se ofrecerá la posibilidad de responder «no» de una sola vez para todos los delitos enumerados en la letra a). En relación con la letra b), se pedirá al solicitante que responda seleccionando una respuesta de una lista predeterminada compuesta por las opciones «sí» y «no».
2 Cuando se dé una respuesta positiva a las preguntas a que se refiere el apartado 1, se presentará al solicitante: a) la siguiente instrucción: «Indique el país de condena, así como la fecha de cada condena, y responda a las preguntas adicionales»; b) una lista predeterminada de países; c) una casilla de formato fijo para indicar las fechas (día-si se conoce/mes en letras/año); y d) una lista predeterminada de preguntas adicionales. A efectos de la letra c), no será posible seleccionar una fecha de condena anterior a 15 años para los delitos o a 25 años para los delitos de terrorismo a contar desde la fecha de la solicitud. Además, se informará al solicitante de que por «fecha de condena» se entiende la fecha de la sentencia oficial dictada por un tribunal. Para cada categoría de delitos, el solicitante deberá poder indicar múltiples condenas, países y fechas.
3 La lista predeterminada de preguntas adicionales a que se refiere el apartado 2, letra d), será la siguiente: a) «¿Es firme la condena?»; y b) «¿Ha cumplido esa condena?». Se pedirá al solicitante que responda a las preguntas de las letras a) y b) para cada delito seleccionando una respuesta de una lista predeterminada compuesta por las opciones «sí» y «no». A efectos de la letra a), se informará al solicitante de que por «firme» se entienden las condenas que ya no puedan ser objeto de ulterior recurso a nivel nacional.
4 Para la lista predeterminada de países, se aplicará la norma ISO 3166-1 (o una versión más reciente), incluidos los países que ya no existen, pero que hayan existido en los últimos 25 años.
Article 3 Contenido y formato de las preguntas y las series de preguntas y respuestas predeterminadas relacionadas con estancias en zonas de guerra o conflicto específicas que deben declararse en el formulario de solicitud
1 Se presentarán al solicitante: a) la pregunta siguiente: «¿Ha estado usted en una o varias de las siguientes zonas en los últimos 10 años?»; b) una lista predeterminada de países en los que se encuentren las zonas de guerra o conflicto específicas establecidas de conformidad con los anexos I y II, que comprenda, para cada país, las opciones «sí» y «no»; y c) para cada país marcado con un «sí», una lista predeterminada de zonas de guerra o conflicto específicas situadas en ese país y establecida de conformidad con los anexos I y II, que comprenda, para cada zona, las opciones «sí» y «no». También se ofrecerá al solicitante la posibilidad de responder «no» de una sola vez para todos los países enumerados en relación con la letra b) o para cada zona de guerra o conflicto específica enumerada en relación con la letra c). Cuando el solicitante responda «no» de una sola vez para los países enumerados en relación con la letra b), el sistema de información SEIAV responderá automáticamente «no» para todas las zonas de guerra o conflicto específicas enumeradas en relación con la letra c).
2 Cuando se dé una respuesta positiva a la pregunta a que se refiere el apartado 1, se presentará al solicitante: a) la siguiente instrucción: «Para cada zona marcada con “sí”, indique el (los) período(s) y el (los) principal(es) motivo(s) de cada estancia. En caso necesario, responda a las preguntas adicionales»; b) una casilla de formato fijo para indicar el inicio y el final del período (día-si se conoce/mes en letras/año) para cada zona seleccionada y la posibilidad de introducir varios períodos; y c) el motivo principal y los motivos secundarios de cada estancia. A efectos de la letra b), no será posible seleccionar una fecha de inicio anterior a 10 años a contar desde la fecha de la solicitud. Se informará al solicitante de que, si su estancia comenzó en una fecha anterior a esos 10 años, pero terminó en una fecha comprendida en ese período de 10 años, deberá seleccionar la fecha aplicable más antigua como fecha de inicio de su estancia. El sistema de información SEIAV determinará automáticamente, sobre la base de la respuesta del solicitante, si este estuvo presente en una zona en un período durante el cual se consideraba como zona de guerra o conflicto específica de conformidad con el anexo II de la presente Decisión. A efectos del formulario de solicitud, el sistema de información SEIAV solo registrará los períodos de estancia pertinentes.
3 Los motivos principales y, en su caso, los motivos secundarios a que se refiere el apartado 2, letra c), serán los siguientes: a) residencia permanente o ciudadanía; b) visita familiar: i) padres; ii) abuelos; iii) hijos; iv) nietos; v) hermanos; vi) cónyuge o miembro de una unión de hecho; vii) otros; c) visita a amigos; d) turismo; e) motivos profesionales: i) servicio público; ii) ayuda humanitaria; iii) organización internacional; iv) periodismo; v) misión militar; vi) trabajo desplazado; vii) viaje de negocios, congreso, conferencia; viii) otros; f) otros. Será obligatorio seleccionar al menos un motivo principal y, en su caso, al menos un motivo secundario. Será posible seleccionar varios motivos principales y motivos secundarios.
4 Para cada selección realizada de conformidad con el presente artículo deberán plantearse al solicitante las preguntas adicionales siguientes: a) «¿Tiene previsto volver a esa zona en los 3 próximos años?»; b) «¿Con qué frecuencia?». Se pedirá al solicitante que responda a la pregunta de la letra a) seleccionando una respuesta de una lista predeterminada compuesta por las opciones «sí» y «no». Si el solicitante ha respondido «sí» a la pregunta a que se refiere la letra a), se le pedirá que responda a la pregunta de la letra b) y se le presentará la siguiente lista predeterminada de respuestas: i) varias veces a la semana; ii) una vez por semana; iii) más de 2 veces al mes; iv) 2 veces al mes; v) una vez al mes; vi) más de 3 veces al año; vii) 3 veces al año; viii) 2 veces al año; ix) una vez al año; x) más de 2 veces en los 3 próximos años; xi) 2 veces en los 3 próximos años; y xii) una vez en los 3 próximos años.
Article 4 Contenido y formato de las preguntas y las series de preguntas y respuestas predeterminadas relacionadas con decisiones que hayan obligado al solicitante a salir del territorio o de decisiones de retorno que deben declararse en el formulario de solicitud
1 Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 24, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) 2018/1240, se presentarán al solicitante las preguntas siguientes: a) «En los últimos 10 años, ¿ha sido usted objeto de una o más decisiones de retorno dictadas por un Estado miembro de la UE o por un tercer país?»; y b) «En los últimos 10 años, ¿ha sido usted objeto de una o más decisiones que le hayan obligado a salir del territorio de un Estado miembro de la UE o de un tercer país?». Se pedirá al solicitante que responda a las preguntas de las letras a) y b) seleccionando la respuesta de una lista predeterminada compuesta por las opciones «sí» y «no». A efectos de la letra a), se informará al solicitante de que el término «decisión de retorno» se entiende de conformidad con el artículo 3, apartado 4, de la Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo . A efectos de la letra b), se informará al solicitante de que se entiende por «decisión que le haya obligado a salir del territorio» cualquier decisión o acto de naturaleza administrativa o judicial, distinto de una decisión de retorno, por el que se haya exigido al solicitante abandonar el territorio de un Estado miembro de la UE o de cualquier tercer país.
2 Cuando se dé una respuesta positiva a la pregunta a) a que se refiere el apartado 1, se presentará al solicitante: a) la siguiente instrucción: «Especifique el país, la fecha de la decisión y responda a las preguntas adicionales»; b) una lista predeterminada de países que incluya: los Estados miembros; los terceros países autorizados que figuran en el anexo II del Reglamento (UE) 2018/1806 del Parlamento Europeo y del Consejo ; y la lista de países con arreglo a la norma ISO 3166-1 (o una versión más reciente), incluidos los países que dejaron de existir durante los 10 años anteriores a la fecha de aplicación; y c) una casilla de formato fijo para indicar las fechas (día-si se conoce/mes en letras/año), en el que no será posible seleccionar una fecha de inicio anterior a 10 años a contar desde la fecha de la solicitud.
3 Cuando se dé una respuesta positiva a la pregunta b) a que se refiere el apartado 1, se presentará al solicitante: a) la siguiente instrucción: «Especifique el país, la fecha de la decisión y responda a las preguntas adicionales»; b) una lista predeterminada de países compuesta por los Estados miembros y los terceros países que figuran en el anexo II del Reglamento (CE) n.o 539/2001 del Consejo ; y c) una casilla de formato fijo para indicar las fechas (día-si se conoce/mes en letras/año), en el que no será posible seleccionar una fecha de inicio anterior a 10 años a contar desde la fecha de la solicitud.
4 En caso de respuesta positiva a una de las preguntas del apartado 1 o a ambas, se planteará también al solicitante la siguiente pregunta adicional para cada respuesta positiva: «¿Permaneció usted en dicho territorio o país después de dictada la decisión?» Se pedirá al solicitante que responda a la pregunta citada en el presente apartado seleccionando una respuesta de una lista predeterminada compuesta por las opciones «sí» y «no».
Article 5 Cambios en las listas predeterminadas
En caso de modificación de las listas predeterminadas contempladas en los artículos 2 a 4: a) eu-LISA incorporará sin demora los cambios necesarios en las listas predeterminadas; b) la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas aplicará las modificaciones en las fichas informativas a que se refiere el artículo 16, apartado 4, del Reglamento (UE) 2018/1240 y en la información a los ciudadanos a que se refiere el artículo 71 de dicho Reglamento, en caso necesario; c) eu-LISA comunicará los cambios en las listas predeterminadas a la unidad central y a las unidades nacionales 20 días antes de la entrada en vigor de dichos cambios; d) la fecha de efecto del cambio se registrará en el Sistema Central.
Article 6 Entrada en vigor y aplicabilidad
La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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