Reglamento de Ejecución (UE) 2023/366 de la Comisión de 16 de febrero de 2023 relativo a la renovación de la autorización de un preparado de Bacillus velezensis ATCC PTA-6737 como aditivo en piensos para pollos de engorde, pollitas para puesta y especies menores de aves de corral excepto con fines de puesta, su autorización para aves ornamentales, por el que se modifican el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 306/2013, el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 787/2013, el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1020 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2276 y se derogan el Reglamento (UE) n.o 107/2010 y el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 885/2011 (titular de la autorización: Kemin Europa N.V.) (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1 Renovación de la autorización
Se renueva la autorización del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional de «estabilizadores de la flora intestinal», para pollos de engorde, pollitas para puesta y especies menores de aves de corral, excepto con fines de puesta, en las condiciones establecidas en dicho anexo.
Article 2 Autorización
La autorización del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional de «estabilizadores de la flora intestinal», se autoriza para las aves ornamentales en las condiciones establecidas en dicho anexo.
Article 3 Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 306/2013
El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 306/2013 se modifica como sigue: 1) En el título, los términos «Bacillus subtilis (ATCC PTA-6737)» se sustituyen por los términos «Bacillus velezensis ATCC PTA-6737». 2) En la tercera columna del anexo, «Aditivo», los términos «Bacillus subtilis (ATCC PTA-6737)» se sustituyen por los términos «Bacillus velezensis ATCC PTA-6737». 3) En la cuarta columna del anexo, «Composición, fórmula química, descripción y método analítico», los términos «Bacillus subtilis (ATCC PTA-6737)» se sustituyen por los términos «Bacillus velezensis ATCC PTA-6737».
Article 4 Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 787/2013
El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 787/2013 se modifica como sigue: 1) En el título, los términos «Bacillus subtilis (ATCC PTA-6737)» se sustituyen por los términos «Bacillus velezensis ATCC PTA-6737». 2) En la tercera columna del anexo, «Aditivo», los términos «Bacillus subtilis (ATCC PTA-6737)» se sustituyen por los términos «Bacillus velezensis ATCC PTA-6737». 3) En la cuarta columna del anexo, «Composición, fórmula química, descripción y método analítico», los términos «Bacillus subtilis (ATCC PTA-6737)» se sustituyen por los términos «Bacillus velezensis ATCC PTA-6737».
Article 5 Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1020
El Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1020 se modifica como sigue: 1) En el título, los términos «Bacillus subtilis (ATCC PTA-6737)» se sustituyen por los términos «Bacillus velezensis ATCC PTA-6737». 2) En la tercera columna del anexo, «Aditivo», los términos «Bacillus subtilis ATCC PTA-6737» se sustituyen por los términos «Bacillus velezensis ATCC PTA-6737». 3) En la cuarta columna del anexo, «Composición, fórmula química, descripción y método analítico», los términos «Bacillus subtilis (ATCC PTA-6737)» se sustituyen por los términos «Bacillus velezensis ATCC PTA-6737».
Article 6 Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2276
1 En el título, los términos «Bacillus subtilis (ATCC PTA-6737)» se sustituyen por los términos «Bacillus velezensis ATCC PTA-6737».
2 En la tercera columna del anexo, «Aditivo», los términos «Bacillus subtilis ATCC PTA-6737» se sustituyen por los términos «Bacillus velezensis ATCC PTA-6737».
3 En la cuarta columna del anexo, «Composición, fórmula química, descripción y método analítico», los términos «Bacillus subtilis (ATCC PTA-6737)» se sustituyen por los términos «Bacillus velezensis ATCC PTA-6737».
Article 7 Derogación
Quedan derogados el Reglamento (UE) n.o 107/2010 y el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 885/2011.
Article 8 Medidas transitorias
1 El preparado especificado en el anexo, así como en el Reglamento de Ejecución (UE) 306/2013, el Reglamento de Ejecución (UE) 787/2013, el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1020 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2276, así como las premezclas que lo contengan y que se hayan producido y etiquetado antes del 9 de septiembre de 2023 de conformidad con las normas aplicables antes del 9 de marzo de 2023, podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.
2 Los piensos compuestos y las materias primas para piensos que contengan el preparado especificado en el anexo que se hayan producido y etiquetado antes del 9 de marzo de 2024 de conformidad con las disposiciones aplicables antes del 9 de marzo de 2023 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias si se destinan a animales productores de alimentos.
Article 9 Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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