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Reglamento de Ejecución (UE) 2023/736 de la Comisión de 31 de marzo de 2023 relativo a la definición de los detalles técnicos de la aplicación del mecanismo de corrección del mercado a los derivados vinculados a puntos de intercambio virtual en la Unión distintos del TTF

CELEX
32023R0736
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2023-03-31
In force since
2023-04-12
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Ámbito de aplicación

El presente Reglamento define los detalles técnicos de la aplicación del mecanismo de corrección del mercado a los derivados vinculados a puntos virtuales de negociación (VTP, por sus siglas en inglés) en la Unión distintos del punto virtual de negociación del mecanismo de transferencia de títulos (TTF, por sus siglas en inglés), de conformidad con el artículo 9, apartado 1, del Reglamento (UE) 2022/2578.

Article 2 Definiciones

A los efectos del presente Reglamento, se aplicarán las definiciones del artículo 2 del Reglamento (UE) 2022/2578. Se aplicarán asimismo las siguientes definiciones: 1) «derivado vinculado a otros VTP con vencimiento a un mes más próximo»: el derivado vinculado a otros VTP cuya fecha de expiración sea la más próxima de entre los derivados con vencimiento a un mes negociados en un mercado regulado determinado; 2) «derivado vinculado a otros VTP con vencimiento a un año más próximo»: el derivado vinculado a otros VTP cuya fecha de expiración sea la más próxima de entre los derivados con vencimiento a doce meses negociados en un mercado regulado determinado.

Article 3 Aplicación del MCM a otros VTP

El presente Reglamento se aplica a las órdenes de negociación de derivados vinculados a VTP situados en la Unión, distintos del TTF.

Article 4 Evento de corrección del mercado en relación con otros VTP en la Unión

1 Se producirá un evento de corrección del mercado relacionado con derivados vinculados a otros VTP cuando se cumplan las condiciones definidas en el artículo 4, apartado 1, del Reglamento (UE) 2022/2578.

2 El límite dinámico de oferta con arreglo al artículo 4, apartados 5 y 7, del Reglamento MCM se aplicará a los derivados vinculados a otros VTP cuya expiración esté prevista en el período comprendido entre la fecha de expiración de los derivados con vencimiento a un mes más próximo y la fecha de expiración de los derivados con vencimiento a un año más próximo.

3 Los organismos rectores del mercado de derivados vinculados a otros VTP y los participantes en el mercado de dichos derivados supervisarán diariamente el sitio web de la ACER.

Article 5 Suspensión y desactivación del MCM en relación con derivados vinculados a otros VTP

La suspensión y desactivación del MCM con respecto a los derivados vinculados a otros VTP se llevarán a cabo de conformidad con el artículo 5 y 6 del Reglamento MCM.

Article 6 Derechos adquiridos

Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente Reglamento: a) los contratos de derivados vinculados a otros VTP celebrados antes de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento; b) la compraventa de derivados vinculados a otros VTP con el fin de compensar o reducir los contratos de derivados vinculados a otros VTP celebrados antes de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento; c) la compraventa de contratos de derivados vinculados a otros VTP en el marco de un procedimiento de gestión del incumplimiento de una ECC, incluidas las operaciones extrabursátiles registradas por el mercado regulado con fines de compensación.

Article 7 Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor a los siete días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de mayo de 2023.

Relations

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