Reglamento Delegado (UE) 2023/744 de la Comisión de 2 de febrero de 2023 que corrige el Reglamento Delegado (UE) 2022/1172 en lo que atañe a las disposiciones transitorias para facilitar la condicionalidad y los controles de la condicionalidad de determinados pagos por superficie en el marco de la política agrícola común
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Article 1 Corrección del Reglamento Delegado (UE) 2022/1172
En el artículo 12 del Reglamento Delegado (UE) 2022/1172, el párrafo primero se sustituye por el texto siguiente: «No obstante lo dispuesto en el artículo 104, apartado 1, párrafo segundo, letra a), inciso iv), del Reglamento (UE) 2021/2116, los controles del cumplimiento de las normas de condicionalidad a que se refiere el artículo 83 de dicho Reglamento se llevarán a cabo en las superficies subvencionadas en virtud del artículo 21, apartado 1, letras a) y b), y de los artículos 28, 29, 30, 31 y 34 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013 a través de los programas de desarrollo rural ejecutados hasta el 31 de diciembre de 2025 en virtud de dicho Reglamento, cuando el beneficiario de que se trate reciba también pagos por superficie en virtud del plan estratégico de la PAC con arreglo al Reglamento (UE) 2021/2115.».
Article 2 Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2023.
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